3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4445/104

d) Que sea necesario, proporcionado e idóneo para la consecución del beneficio perseguido.
3. Quedan excluidos, no pudiendo atenderse como gastos de atenciones protocolarias y representativas,
los que de algún modo representen retribuciones al personal, ya sea en metálico o en especie, así como
los obsequios que estén motivados por actos de reconocimiento a personas de la Universidad de Cádiz,
tales como jubilación, maternidad, fallecimiento u otros gastos de naturaleza similar. Aquellos gastos que
incumplan lo anterior, serán objeto de rechazo por parte de la Unidad Tramitadora.

4. A las facturas de gastos de representación y/o protocolarios, como comidas, recepciones, etc., les
acompañará una memoria justificativa suscrita por la persona responsable en la que se identifique al
beneficiario y se motive el beneficio o utilidad de dichos gastos. Estas facturas serían incompatibles con
la percepción de indemnizaciones por dietas de manutención.

5. Cuando se realicen gastos de naturaleza protocolaria en contratos de investigación, estos gastos
deberán ser necesarios, razonables y guardar una relación directa con la actividad investigadora.

6. Cuando se realicen gastos de esta naturaleza protocolaria utilizando fondos obtenidos a través de
subvenciones, deberá asegurarse que la realización de estos gastos reúne todas las condiciones y
requisitos exigidos por las normas reguladoras de tales subvenciones para considerarse como gasto
elegible.

7. Asimismo se imputarán a este subconcepto los gastos que deba atender la Universidad por la concesión
de condecoraciones, insignias y otros similares.

8. Por la Gerente de la Universidad de Cádiz, con la colaboración del Gabinete de Auditoría y Control
Interno se propondrá al Rector la adopción de un conjunto de buenas prácticas de gestión de gastos
protocolarios.

TÍTULO V. Liquidación del presupuesto
Artículo 121. Liquidación del presupuesto.

00318047

1. El Presupuesto del ejercicio se liquidará, en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de
obligaciones, el 31 de diciembre.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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