Disposiciones generales. . (2025/62-3)
Decreto 88/2025, de 26 de marzo, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4505/19

que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía
en materia de ordenación del territorio y urbanismo, salvo en lo relativo a la regulación de
las Comisiones Territoriales de Ordenación del Territorio y Urbanismo que mantendrá su
vigencia, en régimen transitorio, durante cuatro años desde la entrada en vigor del presente
decreto, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria primera.
Disposición final primera. Modificación de los órganos con competencia en materia
de ordenación del territorio y urbanismo.
Las funciones atribuidas por el presente decreto a los distintos órganos competentes
en materia de ordenación del territorio y urbanismo, de acuerdo con la normativa vigente,
habrá que considerarlas atribuidas a los nuevos órganos que resulten tras la entrada
en vigor de cualquier norma que suponga la creación o supresión de Consejerías de
la Administración de la Junta de Andalucía, la modificación de la denominación de las
existentes, la distribución de competencias entre ellas, o una modificación de la estructura
orgánica de la Consejería competente en dichas materias.
Disposición final segunda. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución
del presente decreto.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de marzo de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda

A NE XO
Municipios incluidos como Ciudades Principales y Ciudades Medias de nivel 1 en el
Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía

La relación de municipios incluida en este anexo quedará modificada, en el sentido
que corresponda, tras la entrada en vigor de cualquier alteración del Plan de Ordenación
del Territorio de Andalucía que suponga la incorporación o supresión de algún municipio
en la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318107

Provincia de Almería: Almería y El Ejido.
Provincia de Cádiz: Cádiz, Jerez de la Frontera, Algeciras, San Fernando, Puerto de
Santa María, Chiclana de la Frontera, La Línea de la Concepción y Sanlúcar de
Barrameda.
Provincia de Córdoba: Córdoba y Lucena.
Provincia de Granada: Granada y Motril.
Provincial de Huelva: Huelva.
Provincia de Jaén: Jaén y Linares.
Provincia de Málaga: Málaga, Marbella, Antequera, Vélez-Málaga y Fuengirola.
Provincia de Sevilla: Sevilla, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Écija y Utrera.