3. Otras disposiciones. . (2025/62-35)
Acuerdo de 26 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía obras hidráulicas destinadas al riego de cultivos con aguas regeneradas en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4554/3

comunidad a través del artículo 6.1, según el cual, en el caso de la existencia de aguas
regeneradas que puedan ser suministradas de conformidad con los condicionantes y
requisitos establecidos en la normativa vigente sobre la reutilización de aguas depuradas,
será obligatoria la puesta en funcionamiento de las instalaciones, así como su empleo
con carácter temporal y durante la vigencia del propio decreto-ley.
- Decreto-ley 3/2023, de 25 de abril, por el que se aprueban medidas adicionales
para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios
de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan
medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario. En este caso,
se declararon obras de interés general para nuestra Comunidad las de ejecución del
tratamiento terciario en determinadas estaciones depuradoras de aguas residuales.
- Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero, por el que se aprueban medidas adicionales
para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios
de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas
urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario, a través del cual se
declararon determinadas obras de interés de la Comunidad, entre las que se encontraba
aquellas que permitían la reutilización de aguas depuradas para su destino a regadío,
mediante la construcción de conducciones desde los tratamientos terciarios en las
distintas EDAR, hasta las comunidades de regantes ubicadas en su ámbito de actuación.
De conformidad con lo establecido en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, entre las funciones que corresponden a la Dirección General de la
Producción General de la Producción Agrícola y Ganadera, se encuentra el fomento y
la ejecución de obras destinadas a la transformación, modernización y consolidación
de regadíos, incluidas las obras de infraestructuras hidráulicas asociadas a los mismos,
destinadas al ahorro y uso eficiente del agua de riego y de la energía, así como las
conexiones desde las estaciones regeneradoras de aguas residuales y desaladoras a las
zonas regables.
Así pues, mediante el presente acuerdo se declaran de interés de la Comunidad
Autónoma aquellas obras y actuaciones que, a propuesta del Organismo de Cuenca
de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, se ponen en marcha a través de la
financiación de inversiones en aguas regeneradas para regadío, quedando acreditado
que dicha declaración resulta esencial para garantizar la sostenibilidad hídrica en el
sector agrario, optimizando el uso de los recursos disponibles y fomentando la economía
circular en el uso del agua.
En su virtud, de conformidad con los artículos 27.22 y 46.3 de la Ley 6/2006, de 24
de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 9.f) de
la Ley 9/2010, de 30 de julio, a propuesta del Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26
de marzo de 2025,

Primero. Declaración de obras de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 1.1.c) y 9.f) de la Ley 9/2010, de
30 de julio, de Aguas para Andalucía, y a los efectos de garantizar la protección y el
uso sostenible del agua, en los términos que se recogen en la Directiva 2000/60/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece
un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, se declaran de
interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras de para regadíos con aguas
regeneradas que constan en el anexo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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ACUERDO