Autoridades y personal. . (2025/59-24)
Resolución de 17 de marzo de 2025, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se convocan a concurso de acceso plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Jueves, 27 de marzo de 2025
página 4155/2
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC); el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social; el RDCA; los EUGR;
la NPAUGR; las NPCSE; las presentes bases de convocatoria; las normas de general
aplicación y en lo no previsto, las disposiciones estatales que regulan el régimen general
de ingreso en las Administraciones Públicas.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su
inscripción en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, a través de la Sede electrónica de la Universidad
de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a
plazas docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión y en el proceso
serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317757
2. Requisitos de los candidatos
2.1. Para ser admitidos a los citados concursos, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos generales:
1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de
aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de
veintiún años o mayores de edad que sean dependientes. Asimismo podrán participar
los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su
nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia
universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes
universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo de Universidades recabará informe de
los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo docente de
que se trate.
4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que
no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no
hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el
acceso a la función pública.
5. Las personas que participen por el cupo de discapacitados, deberán acreditar
tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con lo
dispuesto en el citado Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
2.2. Requisitos específicos:
1. Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes hayan sido acreditados de
acuerdo con lo establecido en el Título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el
que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios
y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.
2.3. Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Jueves, 27 de marzo de 2025
página 4155/2
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC); el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social; el RDCA; los EUGR;
la NPAUGR; las NPCSE; las presentes bases de convocatoria; las normas de general
aplicación y en lo no previsto, las disposiciones estatales que regulan el régimen general
de ingreso en las Administraciones Públicas.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su
inscripción en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, a través de la Sede electrónica de la Universidad
de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a
plazas docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión y en el proceso
serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317757
2. Requisitos de los candidatos
2.1. Para ser admitidos a los citados concursos, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos generales:
1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de
aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de
veintiún años o mayores de edad que sean dependientes. Asimismo podrán participar
los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su
nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia
universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes
universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo de Universidades recabará informe de
los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo docente de
que se trate.
4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que
no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no
hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el
acceso a la función pública.
5. Las personas que participen por el cupo de discapacitados, deberán acreditar
tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con lo
dispuesto en el citado Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
2.2. Requisitos específicos:
1. Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes hayan sido acreditados de
acuerdo con lo establecido en el Título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el
que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios
y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.
2.3. Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.