Autoridades y personal. . (2025/58-12)
Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022 de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, se declara decaída a la persona que se cita en su derecho a adquirir la condición de personal fijo, se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025

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asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el
momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de
desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro
Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se
accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el
certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Séptimo. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo
establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al
de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a
las personas candidatas que se citan en el Anexo IV de esta resolución para subsanar la
falta de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de firma del
contrato para adquirir la condición de personal laboral fijo, conociendo que es requisito
indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita
y que presentará en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de personal
laboral fijo. En caso de tener reconocida la condición de discapacidad, que no padece
enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones y posee
la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la especialidad a
la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo
acredita y que presentará en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
- No poseer, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma
categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional
de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser propuestas para su contratación indefinida, y perderán los derechos derivados
de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad
en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud, de conformidad con lo
establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del Formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317756

Sexto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado cuarto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.