Autoridades y personal. . (2025/58-12)
Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022 de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, se declara decaída a la persona que se cita en su derecho a adquirir la condición de personal fijo, se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025
página 4153/4
Quinto. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC,
acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica
que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada
permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un
código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario de registro en
todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro
telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317756
solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la
Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). En
virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar
la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, han de solicitar por orden
de preferencia todos los centros de destinos ofertados de conformidad con la redacción
dada por la Resolución de 16 de julio de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz
de Salud en fecha 19 de julio de 2024), de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas que superan
las pruebas selectivas de concurso por el sistema de acceso libre de Técnico/a en
Cuidados Auxiliares de Enfermería, convocadas mediante Resolución de 23 de diciembre
de 2022, en desarrollo de la oferta de empleo público para la estabilización de empleo
temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales
Sanitarias, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas
que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, especificando para ello los
códigos de centros indicados en dicho anexo, modificada por Resolución de 8 de octubre
de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud en fecha 9 de octubre de
2024), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
d) No posee, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma
categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional
de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025
página 4153/4
Quinto. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC,
acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica
que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada
permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un
código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario de registro en
todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro
telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317756
solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la
Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). En
virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar
la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, han de solicitar por orden
de preferencia todos los centros de destinos ofertados de conformidad con la redacción
dada por la Resolución de 16 de julio de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz
de Salud en fecha 19 de julio de 2024), de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas que superan
las pruebas selectivas de concurso por el sistema de acceso libre de Técnico/a en
Cuidados Auxiliares de Enfermería, convocadas mediante Resolución de 23 de diciembre
de 2022, en desarrollo de la oferta de empleo público para la estabilización de empleo
temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales
Sanitarias, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas
que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, especificando para ello los
códigos de centros indicados en dicho anexo, modificada por Resolución de 8 de octubre
de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud en fecha 9 de octubre de
2024), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
d) No posee, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma
categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional
de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.