Disposiciones generales. . (2025/58-1)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a las familias para fomentar la escolarización de menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa de ayuda para el curso 2025-2026.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025
página 4140/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Agencia
Pública Andaluza de Educación, por la que se convocan, en régimen de
concurrencia competitiva, ayudas a las familias para fomentar la escolarización
de menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación
infantil adheridos al programa de ayuda para el curso 2025-2026.
El Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización
en el primer ciclo de la educación infantil, aprueba en su Anexo I las bases reguladoras del
Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de
la educación infantil en Andalucía, en adelante Programa de ayuda, que tiene por objeto la
concesión de ayudas mediante la bonificación del precio de los servicios determinados en
el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer
ciclo de Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El precio y la bonificación de esos servicios serán los establecidos en el Acuerdo
del Consejo de Gobierno de 12 de marzo de 2025 por el que se fijan la cuantía y las
bonificaciones de los precios públicos aplicables a los centros de titularidad de la Junta
de Andalucía.
El Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la
Agencia Pública Andaluza de Educación establece en el artículo 1 que la Agencia Pública
Andaluza de Educación es una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo
68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y
que goza de personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad jurídica y de obrar
para el cumplimiento de sus fines, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de
gestión en los términos previstos en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, quedando adscrita
a la Consejería competente en materia de educación. Constituyendo, según el artículo
2 del citado decreto, los fines generales de la Agencia, como entidad instrumental de la
Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de la planificación y la dirección
de la Consejería competente en materia de educación, la gestión de las infraestructuras
educativas y servicios complementarios de la enseñanza, cuya competencia corresponda
a la Comunidad Autónoma, así como la promoción de la oferta de plazas del primer ciclo de
educación infantil en el ámbito de dicha Comunidad.
Según lo dispuesto en las bases reguladoras del Programa de ayuda y, de conformidad
con el artículo 15 l) del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los
Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, la convocatoria del Programa de
ayuda se efectuará por la persona titular de la Dirección General de la Agencia Pública
Andaluza de Educación, correspondiéndole además a ésta la instrucción, evaluación y
resolución de dicha convocatoria.
En virtud de lo anterior,
Primero. Objeto.
1. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a las familias
para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros
educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa
de ayuda para el curso escolar 2025-2026, mediante la bonificación del precio de los
servicios determinados en el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los
centros que imparten el primer ciclo de Educación infantil en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317743
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025
página 4140/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Agencia
Pública Andaluza de Educación, por la que se convocan, en régimen de
concurrencia competitiva, ayudas a las familias para fomentar la escolarización
de menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación
infantil adheridos al programa de ayuda para el curso 2025-2026.
El Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización
en el primer ciclo de la educación infantil, aprueba en su Anexo I las bases reguladoras del
Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de
la educación infantil en Andalucía, en adelante Programa de ayuda, que tiene por objeto la
concesión de ayudas mediante la bonificación del precio de los servicios determinados en
el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer
ciclo de Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El precio y la bonificación de esos servicios serán los establecidos en el Acuerdo
del Consejo de Gobierno de 12 de marzo de 2025 por el que se fijan la cuantía y las
bonificaciones de los precios públicos aplicables a los centros de titularidad de la Junta
de Andalucía.
El Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la
Agencia Pública Andaluza de Educación establece en el artículo 1 que la Agencia Pública
Andaluza de Educación es una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo
68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y
que goza de personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad jurídica y de obrar
para el cumplimiento de sus fines, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de
gestión en los términos previstos en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, quedando adscrita
a la Consejería competente en materia de educación. Constituyendo, según el artículo
2 del citado decreto, los fines generales de la Agencia, como entidad instrumental de la
Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de la planificación y la dirección
de la Consejería competente en materia de educación, la gestión de las infraestructuras
educativas y servicios complementarios de la enseñanza, cuya competencia corresponda
a la Comunidad Autónoma, así como la promoción de la oferta de plazas del primer ciclo de
educación infantil en el ámbito de dicha Comunidad.
Según lo dispuesto en las bases reguladoras del Programa de ayuda y, de conformidad
con el artículo 15 l) del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los
Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, la convocatoria del Programa de
ayuda se efectuará por la persona titular de la Dirección General de la Agencia Pública
Andaluza de Educación, correspondiéndole además a ésta la instrucción, evaluación y
resolución de dicha convocatoria.
En virtud de lo anterior,
Primero. Objeto.
1. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a las familias
para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros
educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa
de ayuda para el curso escolar 2025-2026, mediante la bonificación del precio de los
servicios determinados en el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los
centros que imparten el primer ciclo de Educación infantil en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317743
RESU ELV E