Disposiciones generales. . (2025/58-4)
Orden de 20 de marzo de 2025, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible en la orden que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025
página 4195/2
la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de
mayo. En este mismo sentido se pronuncia el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto
887/2006, de 21 de julio.
Por todo lo expuesto, de conformidad con la normativa citada, así como la de general
aplicación,
RESU ELVO
Dar publicidad al incremento de crédito disponible en la Orden de 2 de septiembre de
2024, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en el Orden de 26
de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de
la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el marco del Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en la línea de ayudas
para inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la
promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que
no haya incremento de arqueo bruto del buque, en la cuantía de 60.000 euros para la
anualidad 2025, ascendiendo el importe total del crédito convocado a 810.000 euros
conforme a la siguiente distribución presupuestaria:
Líneas de ayuda
Ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros,
con puerto base en Andalucía, para la promoción de
la eficiencia energética y la mitigación del cambio
climático, siempre que no haya incremento de arqueo
bruto del buque.
Ayudas para inversiones en equipos e inversiones
a bordo de buques pesqueros, con puerto base en
Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la
pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual
de los descartes y facilitar la transición a una explotación
sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre
que no haya incremento de arqueo bruto del buque.
Ayudas para inversiones a bordo y en equipos
individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la
seguridad y las condiciones de trabajo de las personas
tripulantes de buques pesqueros con puerto base en
Andalucía y de las personas pescadoras a pie, siempre
que no haya incremento de arqueo bruto del buque.
Ayudas para promover valor añadido a los productos de
la pesca , economía circular y seguridad alimentaria.
Partidas presupuestarias
Cuantía
máxima (€)
Cuantía
máxima (€)
2024
2025
1400120000 G/71P/77300/00 G4110303A6
2024000252
75.000
160.000
1400120000 G/71P/77300/00 G4110201A6
2024001206
0
150.000
1400120000 G/71P/77300/00 G4110502A6
2023000205
50.000
200.000
75.000
100.000
200.000
610.000
1400120000 G/71P/77300/00 G4110802A6
2024000568
TOTAL
Sevilla, 20 de marzo de 2025
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
00317798
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025
página 4195/2
la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de
mayo. En este mismo sentido se pronuncia el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto
887/2006, de 21 de julio.
Por todo lo expuesto, de conformidad con la normativa citada, así como la de general
aplicación,
RESU ELVO
Dar publicidad al incremento de crédito disponible en la Orden de 2 de septiembre de
2024, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en el Orden de 26
de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de
la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el marco del Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en la línea de ayudas
para inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la
promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que
no haya incremento de arqueo bruto del buque, en la cuantía de 60.000 euros para la
anualidad 2025, ascendiendo el importe total del crédito convocado a 810.000 euros
conforme a la siguiente distribución presupuestaria:
Líneas de ayuda
Ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros,
con puerto base en Andalucía, para la promoción de
la eficiencia energética y la mitigación del cambio
climático, siempre que no haya incremento de arqueo
bruto del buque.
Ayudas para inversiones en equipos e inversiones
a bordo de buques pesqueros, con puerto base en
Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la
pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual
de los descartes y facilitar la transición a una explotación
sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre
que no haya incremento de arqueo bruto del buque.
Ayudas para inversiones a bordo y en equipos
individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la
seguridad y las condiciones de trabajo de las personas
tripulantes de buques pesqueros con puerto base en
Andalucía y de las personas pescadoras a pie, siempre
que no haya incremento de arqueo bruto del buque.
Ayudas para promover valor añadido a los productos de
la pesca , economía circular y seguridad alimentaria.
Partidas presupuestarias
Cuantía
máxima (€)
Cuantía
máxima (€)
2024
2025
1400120000 G/71P/77300/00 G4110303A6
2024000252
75.000
160.000
1400120000 G/71P/77300/00 G4110201A6
2024001206
0
150.000
1400120000 G/71P/77300/00 G4110502A6
2023000205
50.000
200.000
75.000
100.000
200.000
610.000
1400120000 G/71P/77300/00 G4110802A6
2024000568
TOTAL
Sevilla, 20 de marzo de 2025
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
00317798
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja