Disposiciones generales. . (2025/58-4)
Orden de 20 de marzo de 2025, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible en la orden que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025

página 4195/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 20 de marzo de 2025, por la que se da publicidad al incremento de
crédito disponible en la orden que se cita.

Líneas de ayuda

Partidas presupuestarias

Ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros,
con puerto base en Andalucía, para la promoción de la
1400120000 G/71P/77300/00 G4110303A6
eficiencia energética y la mitigación del cambio climático,
2024000252
siempre que no haya incremento de arqueo bruto del
buque.
Ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo
de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que
contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio
1400120000 G/71P/77300/00 G4110201A6
marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes
2024001206
y facilitar la transición a una explotación sostenible de
los recursos biológicos marinos, siempre que no haya
incremento de arqueo bruto del buque.
Ayudas para inversiones a bordo y en equipos
individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la
seguridad y las condiciones de trabajo de las personas 1400120000 G/71P/77300/00 G4110502A6
tripulantes de buques pesqueros con puerto base en
2023000205
Andalucía y de las personas pescadoras a pie, siempre
que no haya incremento de arqueo bruto del buque.
Ayudas para promover valor añadido a los productos de la 1400120000 G/71P/77300/00 G4110802A6
pesca , economía circular y seguridad alimentaria.
2024000568
TOTAL

Cuantía
máxima (€)

Cuantía
máxima (€)

2024

2025

75.000

100.000

0

150.000

50.000

200.000

75.000

100.000

200.000

550.000

Teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito en esta convocatoria, se
considera conveniente incrementar el importe convocado para la línea de ayudas para
inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, para la
promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, siempre que
no haya incremento de arqueo bruto del buque, en la cuantía de 60.000 euros para la
anualidad 2025, no siendo necesario para ello una nueva convocatoria, de conformidad
con lo establecido en el apartado 3 del resuelvo primero de la Orden de 2 de septiembre
de 2024, en el que se establece que además del crédito disponible para esta convocatoria,
excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional cuya aplicación a la
concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la
cuantía máxima convocada, con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión,
como consecuencia de un aumento de crédito disponible derivado de una generación,
una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317798

Mediante la Orden de 2 de septiembre de 2024 (BOJA núm. 182, de 18 de septiembre de
2024), se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de
2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en
la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, que se citan en la misma.
El importe del crédito disponible para esta convocatoria asciende a 750.000 euros,
conforme a la siguiente distribución presupuestaria: