Disposiciones generales. . (2025/58-8)
Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para el año 2025, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025
página 4134/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General
de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para el año 2025,
las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a
asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la
representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo.
BDNS
Línea 1: 820971.
Línea 2: 820972.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución
de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para
el año 2025, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas
a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la
representación y defensa de los intereses de las victimas de terrorismo, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en dicha orden, las
asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro que ejerzan
su actividad principalmente en Andalucía, cuyo objeto sea la representación y defensa
de los intereses amparados en la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas
para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y desarrollen programas asistenciales dirigidos a paliar situaciones personales
o colectivas de dichas víctimas, o bien persigan el desarrollo y ejecución de programas
de actividades de dignificación de las víctimas, o actividades destinadas a la educación
y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones
defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317737
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2025 las siguientes líneas de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones,
sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las
víctimas de terrorismo:
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo, para completar y coadyuvar a la
financiación, en parte, de los gastos generales de funcionamiento y gestión generados
como consecuencia de las actividades dedicadas a la atención asistencial a las víctimas
del terrorismo y de sus familiares, así como el auxilio técnico para el desarrollo de sus
objetivos estatutarios.
Línea 2: Programas de actividades de dignificación de las víctimas o de actividades
destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera
de sus manifestaciones, defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática,
así como la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante
Orden de 30 de abril de 2022 (BOJA número 94, de 19 de mayo de 2022).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025
página 4134/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General
de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para el año 2025,
las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a
asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la
representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo.
BDNS
Línea 1: 820971.
Línea 2: 820972.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución
de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para
el año 2025, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas
a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la
representación y defensa de los intereses de las victimas de terrorismo, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en dicha orden, las
asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro que ejerzan
su actividad principalmente en Andalucía, cuyo objeto sea la representación y defensa
de los intereses amparados en la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas
para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y desarrollen programas asistenciales dirigidos a paliar situaciones personales
o colectivas de dichas víctimas, o bien persigan el desarrollo y ejecución de programas
de actividades de dignificación de las víctimas, o actividades destinadas a la educación
y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones
defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317737
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2025 las siguientes líneas de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones,
sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las
víctimas de terrorismo:
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo, para completar y coadyuvar a la
financiación, en parte, de los gastos generales de funcionamiento y gestión generados
como consecuencia de las actividades dedicadas a la atención asistencial a las víctimas
del terrorismo y de sus familiares, así como el auxilio técnico para el desarrollo de sus
objetivos estatutarios.
Línea 2: Programas de actividades de dignificación de las víctimas o de actividades
destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera
de sus manifestaciones, defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática,
así como la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante
Orden de 30 de abril de 2022 (BOJA número 94, de 19 de mayo de 2022).