3. Otras disposiciones. . (2025/57-25)
Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Acción Exterior y Unión Europea, por la que se concede una beca a la persona beneficiaria suplente correspondiente a la convocatoria realizada mediante Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, por la que se convocan las becas de formación y especialización sobre la unión europea y acción exterior para 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Martes, 25 de marzo de 2025

página 4108/5

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio;
en el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; en el Decreto 286/2021, de
28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe
ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
ejercicio 2022, en el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de
mayo, así como en la Orden de 13 de diciembre de 2021, reguladora de estas ayudas y
en las demás disposiciones aplicables.
Vistos los preceptos legales citados, así como la Memoria del Servicio de Información
y Formación Europea sobre la procedencia de conceder una nueva beca a la segunda
persona beneficiaria suplente establecida en la Resolución de 15 de octubre de 2024,
de la Secretaría General de Acción Exterior y Unión Europea, por la que se conceden
dos becas a las personas beneficiarias suplentes correspondientes a la convocatoria
realizada mediante Resolución de 5 de febrero de 2024,
RESU ELV E
Primero. Dejar sin efecto la adjudicación de la beca en la Secretaría General de
Acción Exterior y Unión Europea, en Sevilla, concedida a Ana Begoña León Martín, con
DNI ***9175**, una vez aceptada su renuncia por Resolución de la Secretaría General de
Acción Exterior y Unión Europea de 29 de enero de 2025.
Segundo. Conceder una beca en la Secretaría General de Acción Exterior y Unión
Europea, en Sevilla a Francisco Javier Daza González, con DNI ***5097**, primera
persona beneficiaria suplente disponible, según figura en el resuelvo séptimo de la
Resolución de 15 de octubre de 2024, con el número 2 en el orden de prelación de la lista
de personas beneficiarias suplentes y una puntuación total de 12,85.
Tercero. Conceder a la persona adjudicataria de la beca en la Secretaría General de
Acción Exterior y Unión Europea, en Sevilla, la siguiente cuantía, con la distribución que
se indica:
• Cuantía bruta de la dotación de la beca: 6.422,00 euros.
• Desglose:
a) Una asignación mensual de 1.000 euros.
b) Una asignación de 422 euros para gastos de carácter extraordinario.

Quinto. Declarar que, para las becas en la Delegación de la Junta de Andalucía en
Bruselas, se mantiene el listado de personas beneficiarias suplentes establecido en
la Resolución de 15 de octubre de 2024, para el supuesto de renuncia, imposibilidad
o incumplimiento de las obligaciones por parte de las personas adjudicatarias, en los
términos del artículo 20.1.h) de la Orden de 13 de diciembre de 2021, reguladora de estas
becas, que se expone a continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317711

Cuarto. Determinar que la duración de la beca concedida mediante la presente
resolución es de seis meses, iniciándose el 1 de abril con la incorporación de la persona
beneficiaria, y finalizará el 30 de septiembre de 2025, sin perjuicio de sus posibles
prórrogas en los términos previstos en el artículo 6 de la Orden de 13 de diciembre de
2021, reguladora de estas becas.