3. Otras disposiciones. . (2025/54-22)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Infraestructuras del Transporte, de modificación del anejo de expropiaciones del proyecto constructivo «Proyecto de construcción de plataforma reservada de autobús entre Sevilla y Salteras. Tramo I. Sevilla».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Jueves, 20 de marzo de 2025
página 3840/6
2. En los casos de oposición a la ocupación o a la disposición de los bienes o derechos,
por motivos de forma o de fondo, deberán señalarse los fundamentos de la misma y los
razonamientos que puedan aconsejar la estimación como preferentes y convenientes al
fin de la expropiación de otros bienes y derechos no figurados en la relación publicada
Por lo expuesto, procede
RESO LV ER
Primero. Modificar el anejo de expropiaciones del proyecto constructivo «Proyecto de
construcción de plataforma reservada de autobús entre Sevilla y Salteras. Tramo I. Sevilla»,
con respecto a las fincas con número de orden 41.0021-0012, 41.0021-0015, 41.0021-0016
y 41.0021-0017, de acuerdo a los términos expuestos en el antecedente de hecho tercero,
manteniendo la vigencia del citado anejo en el resto de sus pronunciamientos.
Segundo. Al amparo del artículo 17.1 de la LEF y artículo 83 LPACAP, publicar la
presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), abriendo
el trámite de información pública por el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la
fecha de su publicación, para que los titulares de los bienes y derechos afectados
por la modificación del anejo de expropiación y todas las demás personas o entidades
interesadas, puedan formular por escrito, ante esta Dirección General de Infraestructuras
del Transporte, las alegaciones y aportación de documentos que consideren oportunos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General de Infraestructuras
del Transporte en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación y
notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de
lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su publicación y notificación, de conformidad con lo establecido en el
artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
00317444
Sevilla, 11 de marzo de 2025.- La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, P.D. (Orden de 10.11.2021, art. 11, BOJA núm. 219, de 15.11.2021), el Director
General, Daniel Gutiérrez García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Jueves, 20 de marzo de 2025
página 3840/6
2. En los casos de oposición a la ocupación o a la disposición de los bienes o derechos,
por motivos de forma o de fondo, deberán señalarse los fundamentos de la misma y los
razonamientos que puedan aconsejar la estimación como preferentes y convenientes al
fin de la expropiación de otros bienes y derechos no figurados en la relación publicada
Por lo expuesto, procede
RESO LV ER
Primero. Modificar el anejo de expropiaciones del proyecto constructivo «Proyecto de
construcción de plataforma reservada de autobús entre Sevilla y Salteras. Tramo I. Sevilla»,
con respecto a las fincas con número de orden 41.0021-0012, 41.0021-0015, 41.0021-0016
y 41.0021-0017, de acuerdo a los términos expuestos en el antecedente de hecho tercero,
manteniendo la vigencia del citado anejo en el resto de sus pronunciamientos.
Segundo. Al amparo del artículo 17.1 de la LEF y artículo 83 LPACAP, publicar la
presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), abriendo
el trámite de información pública por el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la
fecha de su publicación, para que los titulares de los bienes y derechos afectados
por la modificación del anejo de expropiación y todas las demás personas o entidades
interesadas, puedan formular por escrito, ante esta Dirección General de Infraestructuras
del Transporte, las alegaciones y aportación de documentos que consideren oportunos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General de Infraestructuras
del Transporte en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación y
notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de
lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su publicación y notificación, de conformidad con lo establecido en el
artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
00317444
Sevilla, 11 de marzo de 2025.- La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, P.D. (Orden de 10.11.2021, art. 11, BOJA núm. 219, de 15.11.2021), el Director
General, Daniel Gutiérrez García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja