3. Otras disposiciones. . (2025/53-29)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Aljaraque por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025

página 3827/3

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde
las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto
279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de
pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos y clasificar a la Fundación Aljaraque,
atendiendo a sus fines, como entidad de voluntariado, ordenando su inscripción en la
Sección Cuarta, «Fundaciones de defensa de los derechos humanos, de cooperación al
desarrollo y del voluntariado», del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número
SE-1697.
Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de
los miembros del Patronato a que hace referencia el antecedente de hecho sexto de la
presente resolución, así como la aceptación de sus cargos.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación, su
comunicación al Protectorado de Fundaciones de competencia estatal, dependiente del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, así como al Registro
de Fundaciones de competencia estatal dependiente del Ministerio de Justicia y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

00317431

Sevilla, 6 de marzo de 2025.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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