Disposiciones generales. . (2025/53-2)
Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025

página 3858/48

• La persona responsable del órgano de concesión de incentivo.
• El personal que redacte bases reguladoras y convocatorias, el personal que evalúe administrativa y técnicamente las solicitudes.
• Las personas miembros de las comisiones de valoración de solicitudes.
• El personal técnico encargado de las tareas de seguimiento y justificación técnica y económica de los proyectos.
• Las personas beneficiarias de incentivos, en el caso en el que la consecución del objeto
del incentivo suponga la contratación con proveedores, y solo en caso de considerarse necesario por el órgano gestor.
En caso de que concurra algún tipo de conflicto de intereses, se procederá a comunicar y
adoptar las medidas procedan en cada caso, conforme al correspondiente procedimiento.
i) Respecto del formulario de la solicitud, se comprobará que las declaraciones responsables
que la normativa de subvenciones prevé para acreditar las circunstancias y requisitos que se
relacionan a continuación, han sido debidamente cumplimentadas y que la persona o entidad
solicitante no ha hecho ninguna manifestación que no se ajuste a los términos contenidos en
las mismas:
i. Declaración responsable sobre el cumplimiento de aquellas obligaciones del artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que se establecen en los artículos 24 a 26 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 116.2 y 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
En el caso de personas o entidades solicitantes que tengan la condición de empresa:
ii. Declaración responsable específica sobre el tamaño de la empresa, en los términos previstos
en el artículo 3.5 del Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de 17 de junio.
iii. Declaración responsable específica de no tener la condición de empresa en crisis y de no estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que
haya declarado una ayuda, concedida por cualquier Administración española o sus entidades
instrumentales, ilegal e incompatible con el mercado interior, en los términos previstos en el
artículo 3.3 del Decreto 303/2015, de 21 de julio.

v. Cualquier otra declaración responsable sobre circunstancias específicas en los términos que
se establezcan en la correspondiente convocatoria.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317462

iv. En el caso de actuaciones acogidas al régimen de minimis, declaración responsable sobre el
importe total de las ayudas de minimis concedidas a la empresa solicitante durante cualquier
período de tres años, en los términos previstos en el Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023.