Disposiciones generales. . (2025/53-2)
Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/43
compromiso ambiental de las empresas o entidades promotoras o promotora de la actuación
objeto del incentivo.
□ El proyecto objeto del incentivo se centra en el aprovechamiento de minerales críticos o
fundamentales.
2º. Grado de vinculación con la Estrategia de Especialización Inteligente de Andalucía (S4 Andalucía),
que se puntuará con hasta 20 puntos, de la siguiente manera:
□ 20 puntos, si la actuación está dirigida a alguno de los Entornos de Especialización Inteligente (EEI)
de la Estrategia de Especialización Inteligente de Andalucía (S4 Andalucía).
□ 10 puntos, si la actuación está dirigida a alguno de los Ejes de Apoyo Transversal (EAT) de la
Estrategia de Especialización Inteligente de Andalucía (S4 Andalucía).
3º. Calidad y viabilidad de la propuesta, que se puntuará con 10 puntos, medida en función del alcance
de la actuación en cuanto a su incidencia en un sistema de gestión minero – mineralúrgica metalúrgica que se centre en el aprovechamiento de minerales críticos o fundamentales.
4º. Impacto científico, técnico, económico y social esperado de los resultados, que se puntuará con 10
puntos si la entidad beneficiaria acredita la condición de pyme innovadora, inscrita en el Registro de la
Pequeña y Mediana Empresa Innovadora con anterioridad a la convocatoria de los incentivos, regulada
a través de la Orden ECC/1087/2015, de 5 de junio, del Ministerio de Economía y Competitividad, o bien
cuenta con la condición de agrupación empresarial innovadora de acuerdo con los requisitos
establecidos en el apartado 4.a). 2º. de este Cuadro Resumen.
5º. Trayectoria de colaboración con empresas del equipo de investigación, que se puntuará con 10
puntos, si se acredita mediante el correspondiente acuerdo de colaboración, que se ha participado en,
al menos, un proyecto de colaboración público - privada.
6º. Conexión con clúster regional o nacional de la minería o materias primas, que se puntuará con 10
puntos, si se acredita mediante el correspondiente acuerdo de colaboración o adhesión, que la
empresa está integrada en un clúster regional o nacional de la minería o las materias primas.
Para la priorización de las entidades beneficiarias, en lo referente a los incentivos encuadrados
en el objetivo específico OE 1.1, y el subtipo de acción «A.9» del Programa de Andalucía FEDER
2021 - 2027, que de acuerdo con el Anexo I se corresponde con los tipos de actuación L1.1.2 y
L1.3.2, en lo referente a proyectos de investigación o innovación en ámbitos privados diferentes
de los referidos a la minería sostenible, se aplicarán los siguientes criterios:
1º. Potencial científico - técnico, que se puntuará con hasta 40 puntos.
□ 40 puntos, si el potencial científico - técnico se realiza de manera directa a través del uso de energías
limpias o procesos más eficientes en el uso de los recursos energéticos centrándose el proyecto o
actuación en estas materias.
□ 10 puntos, si el potencial científico - técnico se realiza a través de otros vectores de sostenibilidad o
digitales.
Página 30 de 55
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
La adecuación a los objetivos, relevancia, novedad y grado de innovación, metodología y adecuación al
presupuesto, medido en función del grado de ajuste a los objetivos de la presente orden, de manera
que el criterio para la priorización es:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/43
compromiso ambiental de las empresas o entidades promotoras o promotora de la actuación
objeto del incentivo.
□ El proyecto objeto del incentivo se centra en el aprovechamiento de minerales críticos o
fundamentales.
2º. Grado de vinculación con la Estrategia de Especialización Inteligente de Andalucía (S4 Andalucía),
que se puntuará con hasta 20 puntos, de la siguiente manera:
□ 20 puntos, si la actuación está dirigida a alguno de los Entornos de Especialización Inteligente (EEI)
de la Estrategia de Especialización Inteligente de Andalucía (S4 Andalucía).
□ 10 puntos, si la actuación está dirigida a alguno de los Ejes de Apoyo Transversal (EAT) de la
Estrategia de Especialización Inteligente de Andalucía (S4 Andalucía).
3º. Calidad y viabilidad de la propuesta, que se puntuará con 10 puntos, medida en función del alcance
de la actuación en cuanto a su incidencia en un sistema de gestión minero – mineralúrgica metalúrgica que se centre en el aprovechamiento de minerales críticos o fundamentales.
4º. Impacto científico, técnico, económico y social esperado de los resultados, que se puntuará con 10
puntos si la entidad beneficiaria acredita la condición de pyme innovadora, inscrita en el Registro de la
Pequeña y Mediana Empresa Innovadora con anterioridad a la convocatoria de los incentivos, regulada
a través de la Orden ECC/1087/2015, de 5 de junio, del Ministerio de Economía y Competitividad, o bien
cuenta con la condición de agrupación empresarial innovadora de acuerdo con los requisitos
establecidos en el apartado 4.a). 2º. de este Cuadro Resumen.
5º. Trayectoria de colaboración con empresas del equipo de investigación, que se puntuará con 10
puntos, si se acredita mediante el correspondiente acuerdo de colaboración, que se ha participado en,
al menos, un proyecto de colaboración público - privada.
6º. Conexión con clúster regional o nacional de la minería o materias primas, que se puntuará con 10
puntos, si se acredita mediante el correspondiente acuerdo de colaboración o adhesión, que la
empresa está integrada en un clúster regional o nacional de la minería o las materias primas.
Para la priorización de las entidades beneficiarias, en lo referente a los incentivos encuadrados
en el objetivo específico OE 1.1, y el subtipo de acción «A.9» del Programa de Andalucía FEDER
2021 - 2027, que de acuerdo con el Anexo I se corresponde con los tipos de actuación L1.1.2 y
L1.3.2, en lo referente a proyectos de investigación o innovación en ámbitos privados diferentes
de los referidos a la minería sostenible, se aplicarán los siguientes criterios:
1º. Potencial científico - técnico, que se puntuará con hasta 40 puntos.
□ 40 puntos, si el potencial científico - técnico se realiza de manera directa a través del uso de energías
limpias o procesos más eficientes en el uso de los recursos energéticos centrándose el proyecto o
actuación en estas materias.
□ 10 puntos, si el potencial científico - técnico se realiza a través de otros vectores de sostenibilidad o
digitales.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
La adecuación a los objetivos, relevancia, novedad y grado de innovación, metodología y adecuación al
presupuesto, medido en función del grado de ajuste a los objetivos de la presente orden, de manera
que el criterio para la priorización es: