Disposiciones generales. . (2025/53-2)
Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025

página 3858/41

Se recoge los criterios de aplicación para la priorización o selección de los proyectos o actuaciones
objeto de los incentivos, de entre las solicitudes recibidas, para cada uno de los tipos de actuación
recogidos en el apartado 2.a).
En cualquiera de las valoraciones a realizar para la selección de las entidades beneficiarias, la
puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
Para la priorización de las entidades beneficiarias, en lo referente a los incentivos encuadrados
en el objetivo específico OE 1.3, y el subtipo de acción «B.3» del Programa de Andalucía FEDER
2021 - 2027, que de acuerdo con el Anexo I se corresponden con los tipos de actuación L1.1.1,
L1.1.3, L1.3.1, L1.3.3, L1.3.4, L1.4.1 y L1.4.4, se aplicarán los siguientes criterios:
1º. Impacto en el desarrollo de cadenas de valor industriales y de proyectos tractores y de su efecto
arrastre, que se puntuará con hasta 40 puntos.
La contribución del proyecto al desarrollo de cadenas de valor industriales en Andalucía, así como el
refuerzo de las capacidades para la implementación de proyectos tractores, se medirá en función de la
naturaleza de la empresa o entidad beneficiaria que se concreta a través de su código CNAE de la
siguiente manera:
□ 40 puntos, si el código CNAE de la empresa o entidad beneficiaria se corresponde con actividades
industriales.
□ 20 puntos, si el código CNAE de la empresa o entidad beneficiaria se corresponde con actividades
servindustriales.
□ 10 puntos, si el código CNAE de la empresa o entidad beneficiaria se corresponde con actividades
diferentes de las industriales o servindustriales.
Las correspondientes convocatorias determinarán los códigos CNAE que quedarán encuadrados bajo
las categorías de actividades industriales o servindustriales en relación al objeto incentivado y los
planes o estrategias referidos en el apartado 2.a).1º. de este Cuadro Resumen.
2º. Impacto económico y social del proyecto, que se puntuará con hasta 40 puntos.
La contribución económica y social del proyecto se medirá en función del volumen de empleo con el
que cuenta la empresa o entidad beneficiaria en el momento de la solicitud del incentivo, de acuerdo
con los siguientes criterios de asignación:
□ 30 puntos, si el volumen de empleo es de, al menos, 30 personas.
□ 20 puntos, si el volumen de empleo es de, al menos, 20 personas.
□ 10 puntos, si el volumen de empleo es de, al menos, 10 personas.
Por la naturaleza o género de las personas trabajadoras computadas anteriormente:

A estos efectos, para las empresas existentes, el cálculo de la plantilla inicial se realizará teniendo
como punto de partida inicial la mayor de las siguientes opciones:
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317462

□ 1 punto adicional por cada empleo que corresponda a mujeres.