3. Otras disposiciones. . (2025/52-41)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por la Mancomunidad de Municipios del Bajo Andarax (Almería). (PP. 420/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 52 - Martes, 18 de marzo de 2025
página 2882/2
1. Cuota de servicio o cuota fija de abastecimiento.
Usos
Uso Doméstico
Uso Industrial/Comercial/
Institucional/Otros/Obras
Uso Especial
Uso Gran Consumidor
Calibre del contador
Todos los calibres
Calibre hasta 25 mm (Q3 hasta 6,3 m³ / H)
Calibre de 30 a 50 mm (Q3 > 6,3 hasta 25 m³ / H)
Calibre superior a 50 mm (Q3 > 25 m³ / H)
Todos los calibres
Calibre hasta 25 mm (Q3 hasta 6,3 m³ / H)
Calibre de 30 a 50 mm (Q3 > 6,3 hasta 25 m³ / H)
Calibre superior a 50 mm (Q3 > 25 m³ / H)
Importe €/abonado y
bimestre (IVA no incluido)
9,4000
34,4100
72,4600
244,3300
27,6700
27,5300
57,9700
195,4600
2. Cuota de consumo o cuota variable de abastecimiento.
Usos
Uso Doméstico
Uso Industrial/Comercial/Otros/
Obras
Uso Especial
Uso Gran Consumidor
Uso Institucional
Bloques
Bloque I
Bloque II
Bloque III
Bloque IV
Bloque I
Bloque II
Bloque I
Bloque II
Bloque I
Bloque II
Bloque I
m³/(bimestre)
Desde 0 hasta 10
Mayor de 10 hasta 33
Mayor de 33 hasta 60
Mayor de 60
Desde 0 hasta 33
Mayor de 33
Desde 0 hasta 33
Mayor de 33
Desde 0 hasta 33
Mayor de 33
Todos los m³
Importe €/m³ (IVA no incluido)
0,9635
1,4795
2,3859
3,8595
0,6006
1,5106
1,4795
1,800
0,4805
1,2085
1,5106
En el caso de clientes de Uso Institucional o Centros oficiales, cuyo consumo se
asimile a la descripción hecha en el artículo 4.4 para el Uso Gran Consumidor, les será
de aplicación únicamente el precio del Bloque II del Uso Gran Consumidor a todos los m³.
3. Prestación de distintos servicios y actividades en abastecimiento.
3.1. Derechos de acometida.
La cuota única a satisfacer por este concepto tendrá estructura binómica según la
expresión:
Término A. Expresa el valor medio de la acometida tipo cuyo valor se fija en 28,93
euros/mm diámetro (IVA no incluido).
Término B. Expresa el coste medio, por litros/segundo, instalado, de las ampliaciones,
modificaciones, mejoras y refuerzos anuales, cuyo valor se fija en 184,60 euros/l/seg.
(IVA no incluido).
Término d. Expresa el diámetro nominal en milímetros de la acometida que
corresponda ejecutar en virtud del caudal total instalado o a instalar en el inmueble, local
o finca para el que se solicita, y de acuerdo con lo determinado por el Código Técnico de
la Edificación (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, BOE núm. 74, de 28.3.2006).
Término q. Expresa el caudal total instalado o a instalar, en l/seg., en el inmueble,
local o finca para el que se solicita la acometida, entendiéndose por tal la suma de los
caudales instalados en los distintos suministros.
3.2. Suministro para feriantes/actividades situadas fuera de local cerrado.
Se establece como base un caudal nominal (Q3) de 2,5 m³/hora, con una estimación
de 3 horas diarias por acometida contratada. Siendo de aplicación la tarifa para usos
especiales que podrá prorratearse en función de los días de uso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316490
C= A*d + B*q
BOJA
Número 52 - Martes, 18 de marzo de 2025
página 2882/2
1. Cuota de servicio o cuota fija de abastecimiento.
Usos
Uso Doméstico
Uso Industrial/Comercial/
Institucional/Otros/Obras
Uso Especial
Uso Gran Consumidor
Calibre del contador
Todos los calibres
Calibre hasta 25 mm (Q3 hasta 6,3 m³ / H)
Calibre de 30 a 50 mm (Q3 > 6,3 hasta 25 m³ / H)
Calibre superior a 50 mm (Q3 > 25 m³ / H)
Todos los calibres
Calibre hasta 25 mm (Q3 hasta 6,3 m³ / H)
Calibre de 30 a 50 mm (Q3 > 6,3 hasta 25 m³ / H)
Calibre superior a 50 mm (Q3 > 25 m³ / H)
Importe €/abonado y
bimestre (IVA no incluido)
9,4000
34,4100
72,4600
244,3300
27,6700
27,5300
57,9700
195,4600
2. Cuota de consumo o cuota variable de abastecimiento.
Usos
Uso Doméstico
Uso Industrial/Comercial/Otros/
Obras
Uso Especial
Uso Gran Consumidor
Uso Institucional
Bloques
Bloque I
Bloque II
Bloque III
Bloque IV
Bloque I
Bloque II
Bloque I
Bloque II
Bloque I
Bloque II
Bloque I
m³/(bimestre)
Desde 0 hasta 10
Mayor de 10 hasta 33
Mayor de 33 hasta 60
Mayor de 60
Desde 0 hasta 33
Mayor de 33
Desde 0 hasta 33
Mayor de 33
Desde 0 hasta 33
Mayor de 33
Todos los m³
Importe €/m³ (IVA no incluido)
0,9635
1,4795
2,3859
3,8595
0,6006
1,5106
1,4795
1,800
0,4805
1,2085
1,5106
En el caso de clientes de Uso Institucional o Centros oficiales, cuyo consumo se
asimile a la descripción hecha en el artículo 4.4 para el Uso Gran Consumidor, les será
de aplicación únicamente el precio del Bloque II del Uso Gran Consumidor a todos los m³.
3. Prestación de distintos servicios y actividades en abastecimiento.
3.1. Derechos de acometida.
La cuota única a satisfacer por este concepto tendrá estructura binómica según la
expresión:
Término A. Expresa el valor medio de la acometida tipo cuyo valor se fija en 28,93
euros/mm diámetro (IVA no incluido).
Término B. Expresa el coste medio, por litros/segundo, instalado, de las ampliaciones,
modificaciones, mejoras y refuerzos anuales, cuyo valor se fija en 184,60 euros/l/seg.
(IVA no incluido).
Término d. Expresa el diámetro nominal en milímetros de la acometida que
corresponda ejecutar en virtud del caudal total instalado o a instalar en el inmueble, local
o finca para el que se solicita, y de acuerdo con lo determinado por el Código Técnico de
la Edificación (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, BOE núm. 74, de 28.3.2006).
Término q. Expresa el caudal total instalado o a instalar, en l/seg., en el inmueble,
local o finca para el que se solicita la acometida, entendiéndose por tal la suma de los
caudales instalados en los distintos suministros.
3.2. Suministro para feriantes/actividades situadas fuera de local cerrado.
Se establece como base un caudal nominal (Q3) de 2,5 m³/hora, con una estimación
de 3 horas diarias por acometida contratada. Siendo de aplicación la tarifa para usos
especiales que podrá prorratearse en función de los días de uso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316490
C= A*d + B*q