Disposiciones generales. . (2025/51-1)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Resolución de 27 de enero de 2025, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025 de subvenciones al amparo de la Orden de 8 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea Next Generation EU).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Lunes, 17 de marzo de 2025
página 3735/3
concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones
electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea
Next Generation EU).
Segundo. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución de ampliación del plazo máximo de presentación de
solicitudes no cabe la presentación de recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
00317339
Sevilla, 12 de marzo de 2025.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Lunes, 17 de marzo de 2025
página 3735/3
concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones
electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea
Next Generation EU).
Segundo. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución de ampliación del plazo máximo de presentación de
solicitudes no cabe la presentación de recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
00317339
Sevilla, 12 de marzo de 2025.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja