Disposiciones generales. . (2025/51-4)
Decreto 81/2025, de 12 de marzo, por el que se crean y regulan en asuntos civiles y mercantiles el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía y el Consejo Asesor de Mediación de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Lunes, 17 de marzo de 2025
página 3708/15
y cartográficos de Andalucía y sus programas anuales. Particularmente, para aquellas
actividades que requieran de la explotación individualizada y conjunta del Registro de
Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía y los Sistemas de Información del
Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía se realizará una sincronización de las
claves numéricas individuales de ambas fuentes con la periodicidad que se establezca.
La información del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de
Andalucía que se utilice en la confección de estadísticas oficiales quedará sometida a la
preservación del secreto estadístico en los términos establecidos en los artículos 9 al 13
y 25 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Disposición adicional sexta. Lista de mediadores de cada especialidad.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, el
Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía dispondrá de una lista
de mediadores de cada especialidad formada por las personas mediadoras inscritas que,
de forma voluntaria, hayan solicitado su inclusión.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan
a lo establecido en este decreto.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la persona titular de la consejería competente en materia de justicia
para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este
decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de marzo de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
00317313
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Lunes, 17 de marzo de 2025
página 3708/15
y cartográficos de Andalucía y sus programas anuales. Particularmente, para aquellas
actividades que requieran de la explotación individualizada y conjunta del Registro de
Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía y los Sistemas de Información del
Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía se realizará una sincronización de las
claves numéricas individuales de ambas fuentes con la periodicidad que se establezca.
La información del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de
Andalucía que se utilice en la confección de estadísticas oficiales quedará sometida a la
preservación del secreto estadístico en los términos establecidos en los artículos 9 al 13
y 25 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Disposición adicional sexta. Lista de mediadores de cada especialidad.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, el
Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía dispondrá de una lista
de mediadores de cada especialidad formada por las personas mediadoras inscritas que,
de forma voluntaria, hayan solicitado su inclusión.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan
a lo establecido en este decreto.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la persona titular de la consejería competente en materia de justicia
para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este
decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de marzo de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
00317313
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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