3. Otras disposiciones. . (2025/50-14)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Interior, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se adscribe una Unidad de la Policía Nacional a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Viernes, 14 de marzo de 2025

página 3552/2

En el mismo artículo, en su apartado 2, se determina que las Comunidades
Autónomas que no hicieren uso de la posibilidad prevista en su apartado 1, podrán ejercer
las funciones enunciadas en el artículo 148.1.22 de la Constitución, de conformidad con
el artículo 47 de esta ley, por el que se establece la adscripción de Unidades de la Policía
Nacional a las Comunidades Autónomas.
Tercero. El Real Decreto 221/1991, de 22 de febrero, por el que se regula la
organización de Unidades del Cuerpo Nacional de Policía adscritas a las Comunidades
Autónomas y se establecen las peculiaridades del régimen estatutario de su personal, rige
la creación, organización y puesta en marcha de las Unidades adscritas, determinando
al propio tiempo las peculiaridades del régimen estatutario del personal que las integre.
Cuarto. En su virtud, el 21 de diciembre de 1992 se instrumentó el acuerdo
administrativo de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia policial, que ha sido renovado en distintas ocasiones, y mediante
Orden del Ministerio del Interior, de 31 de agosto de 1993, se constituyó una Unidad de
Policía Nacional y se adscribió a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Quinto. Los representantes de ambas Administraciones consideran conveniente
proseguir la colaboración policial referida en las manifestaciones anteriores con el fin de
alcanzar mayores cuotas de eficacia y eficiencia en la gestión de las competencias en
materia de seguridad pública, introduciendo matizaciones a anteriores Convenios.
Para ello, de conformidad con lo previsto en la Constitución Española, el Estatuto de
Autonomía para Andalucía, Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, Real Decreto 221/1991,
de 22 de febrero, y en el marco de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Ministerio del Interior y la
Comunidad Autónoma de Andalucía acuerdan suscribir el presente Convenio, que se
regirá por las siguientes
CL ÁUSUL AS

Segunda. Compromisos del Ministerio del Interior - Dirección General de la Policía.
El Ministerio del Interior adscribe a la Comunidad Autónoma de Andalucía una Unidad
de Policía Nacional compuesta por un total de 725 funcionarios, comprometiéndose a
cubrir progresivamente la plantilla de dicha Unidad Adscrita de acuerdo con el siguiente
calendario:
Desde que el convenio surta efectos, se incorporarán 70 efectivos, y durante el primer
año de vigencia los necesarios hasta completar una dotación de 500 agentes.
Durante los años sucesivos de vigencia del Convenio se incorporarán 50 efectivos
anuales, a los que se sumará la reposición de las bajas por jubilación producidas durante
el año anterior, hasta completar la plantilla de la Unidad Adscrita.
En todo caso se tomará como tasa de referencia de ocupación la media aritmética
entre el porcentaje de cobertura del Catálogo de Puestos de Trabajo de las Jefaturas
Superiores de Policía de Andalucía Oriental y Andalucía Occidental.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317158

Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre
el Ministerio del Interior y la Junta de Andalucía en materia policial, mediante la Unidad
de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía. (En adelante, la
Unidad Adscrita).