3. Otras disposiciones. . (2025/50-27)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se adoptan determinados acuerdos en previsión de la posible asignación de cupos dentro del plan de gestión adaptativa de la caza de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en Andalucía durante la próxima temporada de caza 2025-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Viernes, 14 de marzo de 2025

página 3631/7

- El 35% del cupo se repartirá entre los cotos de caza que asimismo ostenten la
condición de cotos deportivos de caza o cotos privados de caza cuyo titular cinegético
sea una sociedad deportiva federada.
Segundo. Los titulares de los cotos interesados en la asignación de cupo para poder
cazar la tórtola europea (Streptopelia turtur) en la temporada 2025-2026, deberán en una
primera fase informar sobre la ejecución en su coto de caza a lo largo de la temporada
cinegética 2024-2025 de, al menos, dos de las diez medidas para mejora de hábitats que
son beneficiosas para la especie, según el modelo de ficha descriptiva que se recoge en
el Anexo I de esta resolución, debiendo estar suscrita por el titular del coto de caza y un
técnico competente.
Tercero. En los supuestos de medidas que, por su temporización, no han podido
ser desarrolladas total o parcialmente antes de la publicación de esta resolución, las
personas titulares de cotos de caza podrán presentar una declaración responsable
manifestando el compromiso de implementar alguna o algunas de estas medidas a lo
largo de la temporada cinegética 2024-2025. Esta declaración responsable se adaptará
al modelo incluido en el Anexo II de esta resolución, debiendo incluir al menos, dos de
las diez medidas contempladas en el Anexo I, que deberán estar suscritas por la persona
titular del coto y por un técnico competente.
Cuarto. El plazo de admisión para la presentación de las fichas descriptivas de las
medidas y/o de las declaraciones responsables, será desde el día siguiente al de la
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta
el 6 de abril de 2025.
Quinto. Toda la información anterior se presentará ante las correspondientes
Delegaciones Territoriales de Sostenibilidad y Medio Ambiente, por medios electrónicos
a través de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía,
conforme a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Las Delegaciones Territoriales de Sostenibilidad y Medio Ambiente remitirán
antes del 25 de abril de 2025 a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad
la relación de cotos que han presentado la referida información, indicando el identificador
de referencia (ID) de las medidas de gestión, para que sea tenido en cuenta en futuras
asignaciones de cuota dentro del Plan de Gestión Adaptativa de la Caza de esta especie.
Séptimo. Por parte de Agentes de Medio Ambiente se podrán realizar actuaciones
de verificación sobre el terreno de las medidas de gestión para la mejora de hábitat que
se hayan informado por parte de los titulares de los cotos de caza. Si como resultado de
estas actuaciones, se constata la inexactitud o falsedad en la información presentada,
podrá revocarse el cupo asignado, en su caso, al coto de caza correspondiente.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sostenibilidad y Medio Ambiente en el plazo de
un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de marzo de 2025.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317236

Octavo. Una vez finalizada la temporada cinegética 2024-2025, las personas titulares
de cotos de caza deberán aportar junto a la memoria anual de resultados el informe
completo suscrito por técnico competente, con la descripción y localización de todas las
medidas desarrolladas para mejoras de hábitats que han desarrollado a lo largo de la
temporada en su terreno cinegético y que son beneficiosas para la tórtola europea.