Autoridades y personal. . (2025/49-33)
Resolución de 7 de marzo de 2025, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se convoca Concurso Público para la adjudicación de contratos de Profesores Ayudantes Doctores para el curso 2024/2025 en el campus de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Jueves, 13 de marzo de 2025

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a la plaza que el candidato ostenta no hubiere sido recurrida, dicho candidato aparecerá
como excluido en la lista provisional y definitiva, dictándose por el Vicerrectorado de
Ordenación Académica y Profesorado la resolución que en derecho proceda.
3.7. Igualmente, será causa de exclusión el hecho de que no adjuntar a la solicitud
el informe de méritos obtenido en el procedimiento «Concursos a plazas docentes:
Acreditación de méritos».

5. Resolución del concurso.
5.1. Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos, estarán constituidas,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 86 de la LOSU y las Normas provisionales para
adaptar el modo de elección de las comisiones de selección para los concursos a plazas
de profesorado Ayudante Doctor a la Ley Orgánica 2/2003, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario. (BOJA núm. 251, de 30 de diciembre de 2024).
La composición de cada Comisión de Evaluación será publicada en la página web del
Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada.
5.2. Las Comisiones dispondrán de un plazo máximo de 25 días hábiles a partir de
la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, para resolver y elevar la
correspondiente propuesta de provisión.
5.3. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de
los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.4. La Comisión de Evaluación valorará a los aspirantes de acuerdo con los Criterios
generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no
permanente (Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Asociado) de la Universidad de
Granada, aprobados en Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2025. La Comisión de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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4. Lista de admitidos.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Granada dictará resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos/as y
excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.
La citada resolución será publicada en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A partir del día siguiente a la fecha
de publicación se contarán los plazos.
4.2. Contra la anterior resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10
días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para poder subsanar
los motivos de exclusión.
Los/as solicitantes deberán presentar esta reclamación a través de la Sede
electrónica, utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Reclamación a
la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as» disponible en dicha sede. Los/as
concursantes que estuvieran excluidos aportarán en formato pdf los documentos que
consideren para subsanar el motivo de exclusión.
Cuando algún/a interesado/a, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no
acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados especificados en el
punto 3.4, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as), para la presentación de dichos documentos
acreditativos. La presentación de estos documentos deberá hacerse utilizando el
procedimiento «Concursos a plazas docentes: Acreditación de méritos» disponible en
sede electrónica. Los/as aspirantes deberán generar un nuevo informe de méritos en pdf,
el cual acompañarán a la reclamación.
La Resolución que apruebe definitivamente las listas de admitidos/as pondrá fin a
la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados/as para ello podrán
formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la citada resolución o potestativamente recurso
de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.