3. Otras disposiciones. . (2025/49-61)
Orden de 6 de marzo de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea delimitadora entre los términos municipales de Monachil y de Pinos Genil, ambos en la provincia de Granada, y se establecen sus datos identificativos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Jueves, 13 de marzo de 2025

página 3501/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 6 de marzo de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea
delimitadora entre los términos municipales de Monachil y de Pinos Genil,
ambos en la provincia de Granada, y se establecen sus datos identificativos.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento y en consideración a los siguientes
HECHOS

Segundo. Con fecha 5.11.2024 fue emitido informe por el IECA y del mismo se deriva
que se han empleado como documentos jurídicos básicos acreditativos de la delimitación:
- El Acta de la operación practicada para reconocer la línea de término y señalar los
mojones comunes a los términos municipales de Monachil y de Pinos Genil, de fecha 4
de agosto de 1930.
- El Acta adicional a la operación practicada para reconocer la línea de término y
señalar los mojones comunes a los términos municipales de Monachil y de Pinos Genil,
con fecha 14 de junio de 1995.
Debe reseñarse que con posterioridad al informe del IECA se ha aprobado la Orden
de 11 de noviembre de 2024, por la que se aprueba el replanteo de la línea delimitadora
entre los términos municipales de Cenes de la Vega y de Monachil, ambos en la provincia
de Granada, y se establecen sus datos identificativos (BOJA núm. 224, de 18.11.2024).
De la referida documentación se concluye que la línea límite se halla conformada
por 4 puntos de amojonamiento.
El mojón trigémino inicial PA1 es común a Monachil, Pinos Genil y Cenes de la Vega.
El mojón trigémino final PA4 es común a Monachil, Pinos Genil y Güejar Sierra.
A las actuaciones de determinación de la línea realizadas el 4 de agosto de 1930
asistieron y expresaron su conformidad, en cuanto a su trazado y ubicación geográfica de
los mojones, los comisionados de los municipios de Monachil y de Pinos Genil.
No asistieron los comisionados de Cenes de la Vega, pues anteriormente otorgaron
su conformidad en cuanto a la ubicación geográfica del PA1 en el Acta de 29 de agosto
de 1896 de la línea Cenes de la Vega-Monachil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317107

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía
y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al
Registro Andaluz de Entidades Locales, con fecha 13.9.2024 la persona titular de la
Secretaría General de Administración Local dictó Resolución de inicio del procedimiento
de replanteo de la línea delimitadora entre los municipios de Monachil y de Pinos Genil,
ambos en la provincia de Granada.
En virtud del mismo precepto, con fecha 26.9.2024 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a los
municipios de Monachil y de Pinos Genil, así como a la Diputación Provincial de Granada.