Disposiciones generales. . (2025/48-3)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria, por la que se convoca para el ejercicio 2025 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a Entidades Locales para el mantenimiento de la Red de Centros de Atención a las Adicciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025

página 3434/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Cuidados y
Atención Sociosanitaria, por la que se convoca para el ejercicio 2025 la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva,
dirigidas a Entidades Locales para el mantenimiento de la Red de Centros de
Atención a las Adicciones.
Mediante Orden de 15 de julio de 2020 se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas
a entidades locales para el mantenimiento de la Red de Centros de atención a las
drogodependencias y adicciones en el ámbito de las competencias de la Consejería de
Salud y Familias, hoy de Salud y Consumo.
En el marco de la referida orden se determina la línea concreta de estas subvenciones
que van dirigidas a las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y sus Agencias
Administrativas Locales u Organismos Autónomos en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, para el mantenimiento de los Centros de Atención a las adicciones.
La finalidad de estas subvenciones es la de financiar el mantenimiento de los centros
de las entidades locales dedicados al ámbito de las adicciones, mediante el sostenimiento
de la actividad ordinaria de los mismos, a través de la financiación de los gastos de
personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin.
La financiación de estas subvenciones se hace con cargo al presupuesto de la
Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, participando en la misma la
Administración General del Estado en un 10,66536499%.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de
la Orden de 15 de julio de 2020, que delega en la persona titular de la Dirección General
de Cuidados y Atención Sociosanitaria, la competencia para convocar las subvenciones
reguladas en la citada Orden de 15 de julio de 2020, esta Dirección General de Cuidados
y de Atención Sociosanitaria
RESUELV E
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Convocar para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en régimen de
concurrencia no competitiva, subvenciones para el mantenimiento de los Centros de
Atención a las Adicciones de las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y sus Agencias
Administrativas Locales u Organismos Autónomos que pertenezcan a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, a través de la financiación de los gastos de personal y generales
de funcionamiento vinculados a tal fin, en la cuantía máxima que a continuación se
especifica y con cargo al crédito presupuestario que igualmente se indica.

Subvenciones a entidades locales
para el mantenimiento de la Red
de Centros de Atención a las
Adicciones.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Cuantía máxima
Total
estimativa
1300010000 G/31B/46200/00 01
2.731.766,87
1300010000 G/31B/46800/00 01
9.120.477,13
13.267.244,00
1300180000 G/31B/46200/00 S0066
828.840,36
1300180000 G/31B/46800/00 S0066
586.159,64
Partidas presupuestarias

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317038

Denominación de la línea