Disposiciones generales. . (2025/48-5)
Orden de 6 de marzo de 2025, por la que se regulan y convocan para el año 2025 los Premios «Familias Andaluzas».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025

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el centro de sus políticas, tanto en el diseño como en la ejecución de las mismas y que
impulsen la implementación de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y
laboral contribuyendo a incrementar el bienestar de las familias de su comunidad.
Según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, y el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad, a la misma le corresponden las competencias relativas a las políticas de
promoción y apoyo a las familias y de conciliación.
Con los premios «Familias Andaluzas» la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad pretende dar visibilidad y reconocer los distintos modelos de familias
y sus especiales características, así como las formas de abordar o actuar ante situaciones
especiales o del día a día de las familias andaluzas.
Con tal motivo, se procede a convocar la V Edición de los Premios Familias Andaluzas,
con carácter autonómico y que cuenta con nueve modalidades.
En virtud de todo ello, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto
161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y de conformidad con el artículo
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía,
DISPONGO
Primero. Se convoca la V Edición de los Premios «Familias Andaluzas» para el año
2025, conforme a las siguientes bases:
Base Primera. Objeto.
La presente orden regula y convoca para el año 2025 el procedimiento de concesión
de los Premios «Familias Andaluzas» en su V Edición, con la finalidad de otorgar
reconocimiento público a la trayectoria de aquellas personas, familias, colectivos,
entidades o instituciones, públicas y privadas, que hayan contribuido y destacado en la
defensa de la promoción de las familias, en cualquiera de sus acepciones, en nuestra
comunidad autónoma.

Base Tercera. Modalidades.
Se convocan las siguientes modalidades de Premios Familias Andaluzas 2025, que
se otorgarán a aquellas personas, familias, colectivos, entidades o instituciones que
destaquen en cada uno de los siguientes ámbitos:
a) Familias y solidaridad. Se valorará la contribución con su labor a mostrar el lado
más solidario de las familias andaluzas, en aras de favorecer la corresponsabilidad social,
la cooperación y la ayuda humanitaria desde la perspectiva de las familias en el ámbito
del voluntariado y la solidaridad.
b) Familias y entidades que fomentan la conciliación y la corresponsabilidad. Esta
modalidad se otorgará a aquellas empresas y entidades privadas que destaquen por
situar a las familias andaluzas en el centro de su acción, impulsando la implementación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Base Segunda. Régimen Jurídico.
El procedimiento se someterá al régimen jurídico establecido en las presentes bases,
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.