3. Otras disposiciones. . (2025/46-40)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 24 de febrero de 2025, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión en la fase de estudiantes extranjeros para el curso 2025-2026, en los estudios universitarios de Grado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Lunes, 10 de marzo de 2025
Universidad de Huelva
https://www.uhu.es/estudia-en-la-uhu/oferta-academica/grados
Universidad de Jaén
https://www.ujaen.es/estudios/acceso-y-matricula/acceso-yadmision-la-uja/acceso-grados
Universidad de Málaga
https://www.uma.es/acceso/
Universidad Pablo de Olavide
https://www.upo.es/estudiantes/es/antes-del-grado/oferta-detitulos-de-grado/Acceso-a-la-universidad-para-estudiantes-deotros-sistemas-educativos-extranjeros/
Universidad de Sevilla
https://www.us.es/estudiar/admision/grados
página 3270/4
Servicio de Gestión Académica
Edificio Juan Agustín de Mora, planta baja
Campus de «El Carmen»
21071-Huelva
Sección de Acceso
Edificio Coello de Portugal y Quesada, planta baja
Campus Las Lagunillas, s/n
23071-Jaén
Servicio de Acceso
Pabellón de Gobierno-Paraninfo
Ampliación del Campus Universitario de Teatinos.
Bulevar Louis Pasteur, núm. 43
29071-Málaga
Área de Estudiantes de Grado Unidad de Acceso
y Orientación
Edificio núm. 18, «José Celestino Mutis», 1.ª planta
Ctra. de Utrera, km. 1
41013-Sevilla
Área de Acceso y Admisión
«Pabellón de Brasil». Paseo de las Delicias, s/n
41013-Sevilla
Artículo 4. Documentación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
no será necesario aportar la documentación que de forma electrónica pueda ser obtenida
por la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, salvo que el interesado
manifieste su oposición al cumplimentar su solicitud electrónica motivando la misma,
en cuyo caso deberá aportar la documentación correspondiente. Para ello, el sistema
informático indicará al solicitante, en el momento de formalizar la solicitud, la necesidad de
aportar algún documento según su situación personal o circunstancia de acceso, que se
tendrá que incorporar telemáticamente a la solicitud. Cuando dicha documentación no
incorpore la firma electrónica, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, se requerirá, en
virtud de lo establecido en el artículo 28.5 de la citada ley, que la persona solicitante
presente los originales de estos documentos en el lugar y forma que la universidad
determine para que la admisión y la correspondiente matrícula se eleve a definitiva.
La documentación que deberá adjuntarse telemáticamente junto con la solicitud, sin
perjuicio de que pueda ser requerida posteriormente a la persona interesada conforme al
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
será, con carácter general, la que se indica a continuación, sin excluir la posibilidad de
que se solicite documentación adicional de forma expresa.
- Acreditación de la homologación de su título al título de bachiller español, o en su
defecto, resguardo de haberla solicitado.
- Acreditación de nacionalidad extranjera.
- Acreditación de un título, diploma o estudios extranjeros que no sean: Bachillerato
Europeo, Diploma de Bachillerato Internacional, Bachiller de sistemas educativos de
Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito
acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
- Documento acreditativo de haber obtenido el título, diploma o estudios en un centro
ubicado en el extranjero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316876
Todo ello, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Lunes, 10 de marzo de 2025
Universidad de Huelva
https://www.uhu.es/estudia-en-la-uhu/oferta-academica/grados
Universidad de Jaén
https://www.ujaen.es/estudios/acceso-y-matricula/acceso-yadmision-la-uja/acceso-grados
Universidad de Málaga
https://www.uma.es/acceso/
Universidad Pablo de Olavide
https://www.upo.es/estudiantes/es/antes-del-grado/oferta-detitulos-de-grado/Acceso-a-la-universidad-para-estudiantes-deotros-sistemas-educativos-extranjeros/
Universidad de Sevilla
https://www.us.es/estudiar/admision/grados
página 3270/4
Servicio de Gestión Académica
Edificio Juan Agustín de Mora, planta baja
Campus de «El Carmen»
21071-Huelva
Sección de Acceso
Edificio Coello de Portugal y Quesada, planta baja
Campus Las Lagunillas, s/n
23071-Jaén
Servicio de Acceso
Pabellón de Gobierno-Paraninfo
Ampliación del Campus Universitario de Teatinos.
Bulevar Louis Pasteur, núm. 43
29071-Málaga
Área de Estudiantes de Grado Unidad de Acceso
y Orientación
Edificio núm. 18, «José Celestino Mutis», 1.ª planta
Ctra. de Utrera, km. 1
41013-Sevilla
Área de Acceso y Admisión
«Pabellón de Brasil». Paseo de las Delicias, s/n
41013-Sevilla
Artículo 4. Documentación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
no será necesario aportar la documentación que de forma electrónica pueda ser obtenida
por la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, salvo que el interesado
manifieste su oposición al cumplimentar su solicitud electrónica motivando la misma,
en cuyo caso deberá aportar la documentación correspondiente. Para ello, el sistema
informático indicará al solicitante, en el momento de formalizar la solicitud, la necesidad de
aportar algún documento según su situación personal o circunstancia de acceso, que se
tendrá que incorporar telemáticamente a la solicitud. Cuando dicha documentación no
incorpore la firma electrónica, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, se requerirá, en
virtud de lo establecido en el artículo 28.5 de la citada ley, que la persona solicitante
presente los originales de estos documentos en el lugar y forma que la universidad
determine para que la admisión y la correspondiente matrícula se eleve a definitiva.
La documentación que deberá adjuntarse telemáticamente junto con la solicitud, sin
perjuicio de que pueda ser requerida posteriormente a la persona interesada conforme al
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
será, con carácter general, la que se indica a continuación, sin excluir la posibilidad de
que se solicite documentación adicional de forma expresa.
- Acreditación de la homologación de su título al título de bachiller español, o en su
defecto, resguardo de haberla solicitado.
- Acreditación de nacionalidad extranjera.
- Acreditación de un título, diploma o estudios extranjeros que no sean: Bachillerato
Europeo, Diploma de Bachillerato Internacional, Bachiller de sistemas educativos de
Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito
acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
- Documento acreditativo de haber obtenido el título, diploma o estudios en un centro
ubicado en el extranjero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316876
Todo ello, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.