Disposiciones generales. . (2025/46-1)
Corrección de errores de la Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turístico-cultural de Andalucía (PATCUL) y se modifica la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios turísticos de Andalucía (BOJA núm. 116, de 17.6.2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Lunes, 10 de marzo de 2025
página 3241/6
yecto subvencionado.»
Debe decir:
« Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por
tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.050 euros.
Subvención acogida al supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
x Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº
IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
MOMENTO O FECHA DE
PAGO
IMPORTE O PORCENPLAZO DE JUSTIFITAJE JUSTIFICADO DE
CACIÓN DEL PAGO
PAGOS ANTERIORES
1 50%
Tras la Resolución de con- Tres meses desde la 0%
cesión
finalización del plazo de ejecución de
la actividad o proyecto subvencionado.
2 50%
Tras la justificación de la
actividad o proyecto y
siempre con cargo a la
anualidad siguiente a la resolución de concesión.
100% de la actuación o
proyecto.»
- Apartado 25.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
En el Subapartado "25.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación", donde dice:
« x El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: tres meses a contar desde: final plazo
ejecución.
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:»
Debe decir:
« x El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: tres meses a contar desde: final plazo
ejecución.
x Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación: 3 meses a contar
desde la publicación de la resolución de concesión, en el supuesto de que la actividad subvencionada haya
sido realizada.»
En el Subapartado "25.c) Documentos justificativos del gasto", donde dice:
«
Documentos originales.
x Fotocopias compulsadas.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00316847
Debe decir:
«
Originales. Se marcan con una estampilla:
Sí
No
Fotocopias compulsadas.»
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Lunes, 10 de marzo de 2025
página 3241/6
yecto subvencionado.»
Debe decir:
« Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por
tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.050 euros.
Subvención acogida al supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
x Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº
IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
MOMENTO O FECHA DE
PAGO
IMPORTE O PORCENPLAZO DE JUSTIFITAJE JUSTIFICADO DE
CACIÓN DEL PAGO
PAGOS ANTERIORES
1 50%
Tras la Resolución de con- Tres meses desde la 0%
cesión
finalización del plazo de ejecución de
la actividad o proyecto subvencionado.
2 50%
Tras la justificación de la
actividad o proyecto y
siempre con cargo a la
anualidad siguiente a la resolución de concesión.
100% de la actuación o
proyecto.»
- Apartado 25.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
En el Subapartado "25.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación", donde dice:
« x El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: tres meses a contar desde: final plazo
ejecución.
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:»
Debe decir:
« x El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: tres meses a contar desde: final plazo
ejecución.
x Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación: 3 meses a contar
desde la publicación de la resolución de concesión, en el supuesto de que la actividad subvencionada haya
sido realizada.»
En el Subapartado "25.c) Documentos justificativos del gasto", donde dice:
«
Documentos originales.
x Fotocopias compulsadas.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00316847
Debe decir:
«
Originales. Se marcan con una estampilla:
Sí
No
Fotocopias compulsadas.»
https://www.juntadeandalucia.es/eboja