Autoridades y personal. . (2025/45-30)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a de Admisión y Documentación Clínica y de Técnico/a Superior en Nutrición y Control de Alimentos, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Viernes, 7 de marzo de 2025

página 3153/12

Apartado quinto tres. Actividades de difusión del conocimiento en Congresos
Científicos (máximo 1 punto).
Se valorarán las ponencias y comunicaciones científicas presentadas en congresos
de carácter científico organizadas por Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las especialidades legalmente reconocidas por el
Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General de Especialidades
y representativas de las mismas.
Este mérito se acreditará mediante la presentación de la certificación o diploma de la
sociedad científica organizadora en el que se especifique la denominación de esta y en la
que conste el título de la comunicación, póster o ponencia, la relación de autores de esta
y si se trata de una comunicación oral o un póster con defensa oral.
El tribunal solo podrá tomar en consideración las ponencias y comunicaciones
orales y los pósteres con defensa oral y siempre que guarde una relación directa con las
funciones de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a
la que se concursa, o que se encuentre relacionada con algún proyecto de investigación
con financiación competitiva obtenida en convocatorias promovidas por los órganos de
gobierno de la Unión Europea, del Reino de España o de las Comunidades Autónomas con
competencias en materia de Sanidad, Ciencia, Tecnología e Investigación en que participa.
Para un mismo autor/a no podrán valorarse en un año natural más de tres ponencias
o comunicaciones en congresos científicos.
La puntuación de estas actividades se realizará aplicando los siguientes criterios:
a) Ponencia o comunicación oral en un congreso científico organizado por una
sociedad científica de carácter regional: 0,015 puntos.
b) Ponencia o comunicación oral en un congreso científico organizado por una
sociedad científica de carácter nacional o internacional: 0,03 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316759

d) En el supuesto de que los certificados contemplados en los apartados a) y b)
anteriores indiquen el curso académico y la representación en horas impartidas en dicho
año académico, la valoración se realizará siempre por año académico.
2. Docencia impartida en actividades de formacion continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de
Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el
Ministerio competente en la materia e incluidas en el Consejo General de Especialidades
y representativas de las mismas.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando el siguiente criterio:
- Por cada hora y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,010 puntos.