3. Otras disposiciones. . (2025/44-44)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por la que se aprueba el Programa Integral de Inspección en materia de calidad ambiental en Andalucía para el año 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3050/9
• Comprobar el cumplimiento de los planes de desmantelamiento aprobados por la
Consejería con competencias en materia medioambiental y de las condiciones relativas
al cierre de las instalaciones establecidas en su autorización.
• Detectar modificaciones en las instalaciones inspeccionadas no incluidas en el
alcance de la autorización ambiental integrada.
8.1.3. Instalaciones cubiertas por el Programa de Inspección AAI 2025
En Andalucía, en la fecha de redacción de este programa, se cuenta con 637
establecimientos con autorización ambiental integrada otorgada. Su distribución por
provincias y grupos de actividad (anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre), se muestra en la tabla siguiente:
Actividad según RDL 1/2016, de 16 de diciembre
Distribución por provincia
HU
JA
MA
SE
Núm.
AAIs
4
6
5
2
3
38
3
3
3
4
0
17
34
4
3
6
2
14
4
16
56
6
7
0
5
13
3
3
8
45
Grupo 5. Gestión de residuos
12
21
21
5
9
6
9
22
105
Grupo 6. Industria derivada de la madera
0
0
0
2
0
2
0
0
4
Grupo 9. Industrias agroalimentarias y explotaciones
ganaderas
64
8
27
41
19
24
46
122
351
Grupo 10. Consumo de disolventes orgánicos
0
1
1
0
0
0
0
2
4
Totales AAI
91
52
64
66
52
58
64
190
637
AL
CA
CO GR
Grupo 1. Instalaciones de combustión
2
7
9
Grupo 2. Producción y transformación de metales
0
4
Grupo 3. Industrias minerales
7
Grupo 4. Industrias químicas
8.1.4 Inspecciones programadas AAI.
Las inspecciones programadas AAI son aquellas previstas con antelación y que tienen
como objeto principal, la comprobación periódica de las condiciones de la autorización
ambiental integrada y de la normativa en materia de calidad ambiental que les sea de
aplicación.
8.1.4.1 Selección de las instalaciones a inspeccionar.
El artículo 23 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, establece las siguientes
especificaciones a tener en cuenta a la hora de programar las visitas de inspección:
1. En las instalaciones que hayan comunicado inicio de actividad, las que han
llevado a cabo una modificación sustancial y las que han revisado su autorización tras
la publicación de las conclusiones relativas a las Mejores Técnicas Disponibles (MTD), la
visita de inspección se realiza en el plazo de un año desde el inicio de la actividad.
2. El período entre dos visitas in situ se basa en una evaluación de los riesgos de las
instalaciones correspondientes, y no superará un año en las instalaciones que planteen
los riesgos más altos y tres años en las instalaciones que planteen riesgos menores.
3. Si una inspección hace patente un grave incumplimiento de las condiciones de la
autorización ambiental integrada, en un plazo no superior a seis meses se realizará una
visita adicional a la instalación.
Este Programa de Inspección AAI se realiza teniendo en cuenta estas obligaciones
y los objetivos específicos anteriormente detallados. Así, partiendo del listado de
instalaciones que cuentan con AAI, y de acuerdo con la información disponible en esta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316657
Tabla 1. Distribución provincial de las instalaciones cubiertas por el Programa de
Inspección AAI 2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3050/9
• Comprobar el cumplimiento de los planes de desmantelamiento aprobados por la
Consejería con competencias en materia medioambiental y de las condiciones relativas
al cierre de las instalaciones establecidas en su autorización.
• Detectar modificaciones en las instalaciones inspeccionadas no incluidas en el
alcance de la autorización ambiental integrada.
8.1.3. Instalaciones cubiertas por el Programa de Inspección AAI 2025
En Andalucía, en la fecha de redacción de este programa, se cuenta con 637
establecimientos con autorización ambiental integrada otorgada. Su distribución por
provincias y grupos de actividad (anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre), se muestra en la tabla siguiente:
Actividad según RDL 1/2016, de 16 de diciembre
Distribución por provincia
HU
JA
MA
SE
Núm.
AAIs
4
6
5
2
3
38
3
3
3
4
0
17
34
4
3
6
2
14
4
16
56
6
7
0
5
13
3
3
8
45
Grupo 5. Gestión de residuos
12
21
21
5
9
6
9
22
105
Grupo 6. Industria derivada de la madera
0
0
0
2
0
2
0
0
4
Grupo 9. Industrias agroalimentarias y explotaciones
ganaderas
64
8
27
41
19
24
46
122
351
Grupo 10. Consumo de disolventes orgánicos
0
1
1
0
0
0
0
2
4
Totales AAI
91
52
64
66
52
58
64
190
637
AL
CA
CO GR
Grupo 1. Instalaciones de combustión
2
7
9
Grupo 2. Producción y transformación de metales
0
4
Grupo 3. Industrias minerales
7
Grupo 4. Industrias químicas
8.1.4 Inspecciones programadas AAI.
Las inspecciones programadas AAI son aquellas previstas con antelación y que tienen
como objeto principal, la comprobación periódica de las condiciones de la autorización
ambiental integrada y de la normativa en materia de calidad ambiental que les sea de
aplicación.
8.1.4.1 Selección de las instalaciones a inspeccionar.
El artículo 23 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, establece las siguientes
especificaciones a tener en cuenta a la hora de programar las visitas de inspección:
1. En las instalaciones que hayan comunicado inicio de actividad, las que han
llevado a cabo una modificación sustancial y las que han revisado su autorización tras
la publicación de las conclusiones relativas a las Mejores Técnicas Disponibles (MTD), la
visita de inspección se realiza en el plazo de un año desde el inicio de la actividad.
2. El período entre dos visitas in situ se basa en una evaluación de los riesgos de las
instalaciones correspondientes, y no superará un año en las instalaciones que planteen
los riesgos más altos y tres años en las instalaciones que planteen riesgos menores.
3. Si una inspección hace patente un grave incumplimiento de las condiciones de la
autorización ambiental integrada, en un plazo no superior a seis meses se realizará una
visita adicional a la instalación.
Este Programa de Inspección AAI se realiza teniendo en cuenta estas obligaciones
y los objetivos específicos anteriormente detallados. Así, partiendo del listado de
instalaciones que cuentan con AAI, y de acuerdo con la información disponible en esta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316657
Tabla 1. Distribución provincial de las instalaciones cubiertas por el Programa de
Inspección AAI 2025.