Disposiciones generales. . (2025/42-2)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud, para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025

página 2849/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General del Instituto
Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles, Federaciones de
Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de
Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de
juventud, para el ejercicio 2025.
Mediante Orden de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
de 23 de mayo de 2024, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la
Juventud, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones
Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización
de actuaciones en materia de juventud (BOJA núm. 103, de 29 de mayo de 2024).
La citada orden, en su disposición adicional primera, delega en la persona titular de
la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud la competencia para efectuar,
mediante resolución, la convocatoria pública de estas subvenciones.
En su virtud, considerando conveniente proceder a la convocatoria de esta línea de
subvenciones con cargo al presupuesto de 2025, y de conformidad con la facultad que
tengo conferida conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 23 de mayo
de 2024,
RESU ELVO

Segundo. Objeto.
1. Subvenciones para la realización de actuaciones, dirigidas a la juventud andaluza,
por Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones
Juveniles de otras Entidades y Grupos de corresponsales juveniles, en algunos de los
siguientes ámbitos:
1. Vida saludable, conocimiento del entorno natural y sostenibilidad.
2. Emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación.
3. Igualdad, diversidad-LGTBI, tolerancia, inclusión de la juventud con discapacidad y
prevención de la violencia de género.
4. Voluntariado juvenil y participación.
5. Cultura, creatividad, arte y talento juvenil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316456

Primero. Convocatoria.
1. Se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones
Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles,
para la realización de actuaciones en materia de juventud, para el ejercicio 2025.
2. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles,
Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y
Grupos de Corresponsales Juveniles, en materia de juventud, aprobadas mediante
Orden de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de 23 de mayo
de 2024 (BOJA núm. 103, de 29 de mayo de 2024).