Disposiciones generales. . (2025/42-1)
Orden de 24 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para apoyar los costes de gestión, seguimiento y evaluación de las estrategias de desarrollo local y su animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, en el marco de la Intervención 7119.4 LEADER del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2841/3
Estas competencias se encuentran asignadas a la Consejería Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural en virtud de lo dispuesto en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que establece la estructura
orgánica de esta Consejería, cuyo artículo 1 determina que corresponde a la Consejería
el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de agua y desarrollo rural,
las relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos marinos, así como
las competencias en materia de protección y tenencia de animales de compañía, en
relación con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías modificado por Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por Decreto
del Presidente 4/2023, de 11 de abril, y por Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria y en uso de sus facultades que me confiere el
artículo 118.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y por el artículo 44.2 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y procedimiento.
1. La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas,
en régimen de concurrencia no competitiva, con el objeto de cubrir los costes de gestión,
seguimiento y evaluación de la estrategia y su animación, en particular la facilitación de
intercambios entre las partes interesadas (en adelante, costes de gestión y animación),
que podrá percibir cada Grupo de Desarrollo Rural de Andalucía (en adelante, GDR) para
la implementación de su Estrategia de Desarrollo Local LEADER (en adelante, EDLL) en
cuya gestión participe, correspondiente a la Intervención 7119.4 LEADER del PEPAC, de
conformidad con el artículo 34, apartado 1, letra c) y segundo párrafo del apartado 2, del
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
2. La información asociada al procedimiento previsto en el apartado anterior
estará disponible con el código de procedimiento indicado a continuación en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el enlace indicado del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la
Junta de Andalucía:
25596
Título del procedimiento
Ayuda costes de gestión
y animación
Enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica
General de la Administración de la Junta de Andalucía
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/25596
Artículo 2. Régimen jurídico.
1. Las ayudas para cubrir los costes de gestión y animación de los GDR para el
marco 2023-2027 de Andalucía a las que se refiere la presente Orden se regirán,
además de por lo previsto en la misma, por las normas comunitarias aplicables y por
las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas, siendo de aplicación
directa las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y gestión rijan para la
Administración de la Junta de Andalucía, y en concreto por las siguientes disposiciones:
a) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de los mismos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316448
Código
del procedimiento
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2841/3
Estas competencias se encuentran asignadas a la Consejería Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural en virtud de lo dispuesto en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que establece la estructura
orgánica de esta Consejería, cuyo artículo 1 determina que corresponde a la Consejería
el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de agua y desarrollo rural,
las relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos marinos, así como
las competencias en materia de protección y tenencia de animales de compañía, en
relación con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías modificado por Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por Decreto
del Presidente 4/2023, de 11 de abril, y por Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria y en uso de sus facultades que me confiere el
artículo 118.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y por el artículo 44.2 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y procedimiento.
1. La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas,
en régimen de concurrencia no competitiva, con el objeto de cubrir los costes de gestión,
seguimiento y evaluación de la estrategia y su animación, en particular la facilitación de
intercambios entre las partes interesadas (en adelante, costes de gestión y animación),
que podrá percibir cada Grupo de Desarrollo Rural de Andalucía (en adelante, GDR) para
la implementación de su Estrategia de Desarrollo Local LEADER (en adelante, EDLL) en
cuya gestión participe, correspondiente a la Intervención 7119.4 LEADER del PEPAC, de
conformidad con el artículo 34, apartado 1, letra c) y segundo párrafo del apartado 2, del
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
2. La información asociada al procedimiento previsto en el apartado anterior
estará disponible con el código de procedimiento indicado a continuación en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el enlace indicado del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la
Junta de Andalucía:
25596
Título del procedimiento
Ayuda costes de gestión
y animación
Enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica
General de la Administración de la Junta de Andalucía
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/25596
Artículo 2. Régimen jurídico.
1. Las ayudas para cubrir los costes de gestión y animación de los GDR para el
marco 2023-2027 de Andalucía a las que se refiere la presente Orden se regirán,
además de por lo previsto en la misma, por las normas comunitarias aplicables y por
las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas, siendo de aplicación
directa las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y gestión rijan para la
Administración de la Junta de Andalucía, y en concreto por las siguientes disposiciones:
a) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de los mismos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316448
Código
del procedimiento