3. Otras disposiciones. . (2025/42-48)
Decreto 50/2025, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento para la preservación de la calidad acústica en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2738/45
2. Definiciones.
a) Índice de ruido continuo equivalente LAeq,T.
El índice de ruido LAeq,T, es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, en decibelios,
determinado sobre un intervalo temporal de T segundos, definido en la norma recogida en el apartado 1.j del
anexo.
Donde:
Si T=d, LAeq,d es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, determinado en el periodo
día.
Si T=e, LAeq,e es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, determinado en el periodo
tarde.
Si T=n, LAeq,n es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, determinado en el periodo
noche.
b) Índice de ruido máximo LAmax.
El índice de ruido LAmax, es el mas alto nivel de presión sonora ponderado A, en decibelios, con constante
de integración fast, LAFmax, definido en la norma recogida en el apartado 1.j del anexo, registrado en el periodo
temporal de evaluación.
c) Índice de ruido continuo equivalente corregido LKeq,T.
El índice de ruido LKeq,T, es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, (LAeq,T),
corregido por la presencia de componentes tonales emergentes, componentes de baja frecuencia y ruido de
carácter impulsivo, de conformidad con la expresión siguiente:
Lkeq,T = LAeq,T + Kt + Kf + Ki
Donde:
Kt es el parámetro de corrección para evaluar la pres encia de componentes tonales emergentes
calculado por aplicación de la metodología descrita en la instrucción técnica 2.
Kf es el parámetro de corrección, para evaluar la presencia de componentes de baja frecuencia
calculado por aplicación de la metodología descrita en la instrucción técnica 2.
Ki es el parámetro de corrección, para evaluar la presencia de ruido de carácter impulsivo calculado por
aplicación de la metodología descrita en la instrucción técnica 2.
Donde:
Si T=d, LKeq,d es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, corregido, determinado en
el periodo día.
Si T=e, LKeq,e es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, corregido, determinado en
el periodo tarde.
d) Índice de ruido continuo equivalente corregido promedio a largo plazo LK, x.
El índice de ruido LK,x es el nivel sonoro promedio a largo plazo, dado por la expresión que sigue,
D E C I S I Ó N
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316345
Si T=n, LKeq,n es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, corregido, determinado en
el periodo noche.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2738/45
2. Definiciones.
a) Índice de ruido continuo equivalente LAeq,T.
El índice de ruido LAeq,T, es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, en decibelios,
determinado sobre un intervalo temporal de T segundos, definido en la norma recogida en el apartado 1.j del
anexo.
Donde:
Si T=d, LAeq,d es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, determinado en el periodo
día.
Si T=e, LAeq,e es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, determinado en el periodo
tarde.
Si T=n, LAeq,n es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, determinado en el periodo
noche.
b) Índice de ruido máximo LAmax.
El índice de ruido LAmax, es el mas alto nivel de presión sonora ponderado A, en decibelios, con constante
de integración fast, LAFmax, definido en la norma recogida en el apartado 1.j del anexo, registrado en el periodo
temporal de evaluación.
c) Índice de ruido continuo equivalente corregido LKeq,T.
El índice de ruido LKeq,T, es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, (LAeq,T),
corregido por la presencia de componentes tonales emergentes, componentes de baja frecuencia y ruido de
carácter impulsivo, de conformidad con la expresión siguiente:
Lkeq,T = LAeq,T + Kt + Kf + Ki
Donde:
Kt es el parámetro de corrección para evaluar la pres encia de componentes tonales emergentes
calculado por aplicación de la metodología descrita en la instrucción técnica 2.
Kf es el parámetro de corrección, para evaluar la presencia de componentes de baja frecuencia
calculado por aplicación de la metodología descrita en la instrucción técnica 2.
Ki es el parámetro de corrección, para evaluar la presencia de ruido de carácter impulsivo calculado por
aplicación de la metodología descrita en la instrucción técnica 2.
Donde:
Si T=d, LKeq,d es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, corregido, determinado en
el periodo día.
Si T=e, LKeq,e es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, corregido, determinado en
el periodo tarde.
d) Índice de ruido continuo equivalente corregido promedio a largo plazo LK, x.
El índice de ruido LK,x es el nivel sonoro promedio a largo plazo, dado por la expresión que sigue,
D E C I S I Ó N
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316345
Si T=n, LKeq,n es el nivel de presión sonora continuo equivalente ponderado A, corregido, determinado en
el periodo noche.