Disposiciones generales. . (2025/41-3)
Resolución de 20 de febrero de 2025, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Agencia Digital de Andalucía, por la que se implantan las medidas de simplificación de los procedimientos de ejecución presupuestaria del gasto público establecidas en el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, respecto a la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía y al procedimiento que se indica.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Lunes, 3 de marzo de 2025

página 2773/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

El Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación
y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con
la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en
Andalucía, dispone en su artículo 74 un conjunto de modificaciones normativas del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, cuya finalidad, según se explica en el apartado
XI de la exposición de motivos del referido decreto-ley, es establecer las condiciones
legales para agilizar los procedimientos de ejecución presupuestaria mediante la
simplificación de éstos, identificando las competencias de ejecución presupuestaria del
gasto con las propias de la gestión administrativa de la que derivan. Con ello se elimina
no solo la necesidad de firmar los documentos contables que reflejen dicha ejecución
presupuestaria del gasto, sino también los propios actos de ejecución presupuestaria en
sentido estricto, cuya eficacia queda subsumida en los actos de gestión administrativa
que la conlleven, reduciéndose en la práctica notoriamente el número de firmas de actos
específicos de ejecución presupuestaria del gasto y de documentos contables.
Las modificaciones introducidas en el texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, por el artículo 74 del Decreto-ley 3/2024, de
6 de febrero, precisan para su efectiva ejecución de la correspondiente adaptación de
los sistemas y aplicaciones informáticas mediante los que se ejecuta dicha gestión del
gasto y el control interno de los mismos. Por este motivo, el Decreto-ley 3/2024, de 6 de
febrero, en la disposición final undécima, primer párrafo del apartado 2, establece como
regla especial sobre su entrada en vigor, que «La implantación efectiva de las medidas de
simplificación del procedimiento de gestión del gasto que se establecen en el artículo 74
será gradual y progresiva en función de criterios técnicos y organizativos que optimicen
la efectividad de las mismas». En el segundo párrafo del citado apartado 2, se dispone
que dicha implantación será mediante resolución conjunta de la Intervención General de
la Junta de Andalucía y de la Agencia Digital de Andalucía que se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. Una vez finalizadas las actuaciones preparatorias
y los procesos requeridos para la implantación de las medidas de simplificación y en
cumplimiento del referido artículo 74, mediante Resoluciones conjuntas de la Intervención
General de la Junta de Andalucía y la Agencia Digital de Andalucía, se han instaurado las
medidas de simplificación establecidas en el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, a todos
los expedientes de contratación que tramiten los órganos directivos de las Consejerías
de la Administración de la Junta de Andalucía, así como de determinadas entidades
instrumentales y consorcios a través del sistema informático aprobado e implantado por
la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 12 de julio de 2011
(ERIS-G3), o cuya actuación de control interno se realice en el escritorio de intervención.
La Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, cuya
creación fue autorizada mediante Decreto-ley 2/2023, de 11 de abril, comienza su
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316382

Resolución de 20 de febrero de 2025, conjunta de la Intervención General de la
Junta de Andalucía y la Agencia Digital de Andalucía, por la que se implantan las
medidas de simplificación de los procedimientos de ejecución presupuestaria
del gasto público establecidas en el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el
que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para
la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la administración de la Junta
de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, respecto a
la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía y al
procedimiento que se indica.