3. Otras disposiciones. . (2025/38-26)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Fútbol Americano.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025
página 2534/29
los bienes y derechos de la entidad, efectuar pagos y, en general, ejercer aquellas otras
acciones imprescindibles para practicar la liquidación final.
En todo caso, el patrimonio neto resultante, si lo hubiera, se destinará en exclusividad
al cumplimiento del objeto y fines de la federación, salvo que por resolución judicial se
determine otro destino.
Disposición final.
Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los
presentes estatutos surtirán efectos una vez ratificados por la Dirección General competente
en materia de deporte e inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
ANEXO I
REGLAMENTO DE DISCIPLINA
FEDERACIÓN ANDALUZA DE FÚTBOL AMERICANO (FAFA)
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto.
Es objeto del presente Reglamento de Disciplina la regulación de la potestad disciplinaria
deportiva de la Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA), del régimen de
infracciones y sanciones, así como de los correspondientes procedimientos disciplinarios.
Artículo 2. Normas disciplinarias.
La disciplina deportiva en la Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA)
se regulará por lo previsto en la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte y por el
Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución de los litigios
deportivos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por los Estatutos de la
Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA) y, especialmente, por este reglamento.
TÍTULO I
Artículo 3. Naturaleza y ámbito.
1. Corresponde a la Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA) el ejercicio de
la potestad disciplinaria sobre todas aquellas personas o entidades que de forma federada
desarrollen Fútbol Americano, en cualquiera de sus manifestaciones y variantes, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La potestad disciplinaria deportiva atribuye a la Federación las facultades de
investigar, instruir y, en su caso, sancionar, dentro de sus respectivos ámbitos de
competencia, a las personas o entidades que intervengan en actividades deportivas con
ocasión de infracciones a las reglas del juego o la competición y de las normas generales
deportivas tipificadas en la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, el
Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución de los litigios
deportivos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en las normas estatutarias
de la Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA) y en el presente reglamento.
3. Son infracciones a las reglas del juego o competición las acciones u omisiones
que, durante el curso del juego o competición, vulneren, impidan o perturben su normal
desarrollo.
4. Son infracciones a las normas generales deportivas las demás acciones u
omisiones que sean contrarias a lo dispuesto por dichas normas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316143
LA POTESTAD DISCIPLINARIA DEPORTIVA
BOJA
Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025
página 2534/29
los bienes y derechos de la entidad, efectuar pagos y, en general, ejercer aquellas otras
acciones imprescindibles para practicar la liquidación final.
En todo caso, el patrimonio neto resultante, si lo hubiera, se destinará en exclusividad
al cumplimiento del objeto y fines de la federación, salvo que por resolución judicial se
determine otro destino.
Disposición final.
Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los
presentes estatutos surtirán efectos una vez ratificados por la Dirección General competente
en materia de deporte e inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
ANEXO I
REGLAMENTO DE DISCIPLINA
FEDERACIÓN ANDALUZA DE FÚTBOL AMERICANO (FAFA)
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto.
Es objeto del presente Reglamento de Disciplina la regulación de la potestad disciplinaria
deportiva de la Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA), del régimen de
infracciones y sanciones, así como de los correspondientes procedimientos disciplinarios.
Artículo 2. Normas disciplinarias.
La disciplina deportiva en la Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA)
se regulará por lo previsto en la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte y por el
Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución de los litigios
deportivos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por los Estatutos de la
Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA) y, especialmente, por este reglamento.
TÍTULO I
Artículo 3. Naturaleza y ámbito.
1. Corresponde a la Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA) el ejercicio de
la potestad disciplinaria sobre todas aquellas personas o entidades que de forma federada
desarrollen Fútbol Americano, en cualquiera de sus manifestaciones y variantes, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La potestad disciplinaria deportiva atribuye a la Federación las facultades de
investigar, instruir y, en su caso, sancionar, dentro de sus respectivos ámbitos de
competencia, a las personas o entidades que intervengan en actividades deportivas con
ocasión de infracciones a las reglas del juego o la competición y de las normas generales
deportivas tipificadas en la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, el
Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución de los litigios
deportivos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en las normas estatutarias
de la Federación Andaluza de Fútbol Americano (FAFA) y en el presente reglamento.
3. Son infracciones a las reglas del juego o competición las acciones u omisiones
que, durante el curso del juego o competición, vulneren, impidan o perturben su normal
desarrollo.
4. Son infracciones a las normas generales deportivas las demás acciones u
omisiones que sean contrarias a lo dispuesto por dichas normas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316143
LA POTESTAD DISCIPLINARIA DEPORTIVA