Autoridades y personal. . (2025/38-12)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Secretaría General Técnica

Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL

página 2617/38

Hoja 52 de

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ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

cuerpo al que se presenta en el presente procedimiento
selectivo, del modo que a continuación se indica.
Escala de 0 a 10
Escala de 0 a 4
Desde 6,0000 hasta 7,4999 Desde 1,5000 hasta 2,2499

0,5000

Desde 7,5000 hasta 8,9999 Desde 2,2500 hasta 2,9999

1,0000

Desde 9,0000 hasta 10,0000 Desde 3,0000 hasta 4,0000

1,5000

en la que consten las puntuaciones
obtenidas en todas las asignaturas y cursos
exigidos para la obtención del título alegado,
con indicación expresa de la nota media.

Sólo se computará la nota media de aquellas titulaciones declaradas como equivalentes cuando el aspirante alegue las
mismas para ingreso al cuerpo y no aporte la titulación exigida con carácter general. En el supuesto de que en dicho
expediente académico se haga constar como nota media tanto la calificación literal como la numérica, se tomará en
consideración esta última .
Aquellos aspirantes cuyo título haya sido obtenido en el extranjero, para la valoración de su expediente académico deberán
aportar el SET (Suplemento Europeo al Título) y/o certificación expedida por la Administración educativa del país en el que se
obtuvo el título en la que se indique la nota media deducida de las calificaciones obtenidas en la carrera y exprese, además, la
calificación máxima y mínima que se puede obtener de acuerdo con el sistema académico correspondiente, a efectos de
determinar su equivalencia con el sistema de calificación español, y, además, deberá acompañarse de la correspondiente
“Declaración de equivalencia de la nota media de expedientes académicos universitarios realizados en centros extranjeros”,
que podrá obtenerse, conforme a lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de Política Universitaria de 21 de
marzo de 2016, de forma gratuita en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, a través del
enlace:
https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/gestion-titulos/estudios-universitarios/titulosextranjeros/equivalencia-notas-medias.html
2.2. Postgrados, doctorado y premios extraordinarios
2.2.1. Por poseer el título del doctorado.

2.2.2. Por cada Certificado-Diploma acreditativo de
Estudios Avanzados, el Título Oficial de Máster, la
Suficiencia investigadora o cualquier otro título
equivalente.

2.2.3. Por haber obtenido premio extraordinario en el
doctorado.

1,0000

1,0000

0,5000

Copia del título o, en su defecto, de la
certificación académica junto con la
certificación del abono de los derechos de
expedición.
Copia del Certificado-Diploma o título oficial
expedido por la universidad, o de la
certificación del abono de los derechos de
expedición de los mismos.
Los títulos de Máster de universidades
extranjeras deberán estar homologados a un
título de Máster oficial por una universidad
española o por el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes.
Copia del título o, en su defecto, de la
certificación académica junto con la
certificación del abono de los derechos de
expedición. Además, copia de la certificación
académica en la que conste la obtención del
premio extraordinario.

No se valorarán por este subapartado los cursos de Posgrado, de Especialización, Experto Universitario ni aquellos otros
títulos universitarios no oficiales (títulos propios), que se expidan por las universidades en el uso de su autonomía.

00316224

No se valorará por este subapartado el título oficial de máster universitario que habilite para el ejercicio de la profesión
docente, cuando dicha titulación constituya un requisito exigido en la convocatoria para el ingreso en el cuerpo al que opta el

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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