Autoridades y personal. . (2025/38-12)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
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Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025
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Duodécima. Presentación de documentos por el personal que supere el concursooposición.
12.1. Presentación de documentos.
En el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado en el procedimiento
selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, el
referido personal deberá presentar, en los registros previstos en el artículo 16.4 la Ley
39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, los
siguientes documentos:
a) Copia autenticada del DNI en vigor.
Quienes no posean la nacionalidad española presentarán copia autenticada de la
tarjeta de residencia o documento equivalente.
b) Copia autenticada del título alegado como requisito para el ingreso en el Cuerpo
de Catedráticos de Música y Artes Escénicas (anverso y reverso) o, en su defecto, copia
autenticada de la documentación acreditativa del abono de las tasas de expedición y
certificación académica del título.
En el caso de que se presenten títulos que se hayan obtenido en el extranjero, se
deberá aportar, sin excepción, la correspondiente homologación por el Estado español, o,
en su caso, la declaración de equivalencia a nivel académico de grado.
c) Copia autenticada de la documentación acreditativa de la formación y capacidad
de tutela en las investigaciones propias de las enseñanzas artísticas a que se refiere
el artículo 17 del Reglamento de Ingreso, que vendrá acreditada por la presentación de
alguno de los siguientes documentos:
- Copia autenticada de la titulación de doctorado.
-Copia autenticada del reconocimiento de suficiencia investigadora o del certificado
diploma acreditativo de estudios avanzados (D.E.A.).
- Copia autenticada de un título universitario oficial de Máster distinto del requerido
para el ingreso en la función pública docente, para cuya obtención se hayan exigido, al
menos, 60 créditos, que capacite para la práctica de la investigación educativa o de la
investigación propia de las enseñanzas artísticas.
Cuando se alegue, en sustitución de la formación indicada en los apartados anteriores,
docencia efectiva, durante un mínimo de 12 meses en el Cuerpo de Catedráticos de
Música y Artes Escénicas en Centros Públicos o en las enseñanzas superiores de música
en centros privados, esta se acreditará de la siguiente forma:
- Si la docencia se ha impartido en centros públicos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, no habrá de presentarse certificación alguna, al obrar los datos en poder de la
Administración.
- Si la docencia se ha impartido en centros públicos de otras Administraciones
educativas, habrá de presentarse la certificación del tiempo de docencia efectiva, con
indicación de la fecha de inicio y fin, expedida por el órgano competente en materia de
recursos humanos, haciendo constar el cuerpo y la especialidad.
- Si se trata de un centro privado, una certificación de la Dirección del centro con el
V.º B.º de la Inspección de Educación, haciendo constar el nivel de enseñanza impartida
y la especialidad, así como la duración de los servicios prestados, con indicación de la
fecha de inicio y fin.
d) Declaración responsable según modelo que figura como Anexo V a) de no
haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse, por resolución judicial, en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos, para el acceso a cuerpo o escala
de funcionario o para ejercer funciones similares a las desempeñadas como personal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316224
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2617/33
Duodécima. Presentación de documentos por el personal que supere el concursooposición.
12.1. Presentación de documentos.
En el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado en el procedimiento
selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, el
referido personal deberá presentar, en los registros previstos en el artículo 16.4 la Ley
39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, los
siguientes documentos:
a) Copia autenticada del DNI en vigor.
Quienes no posean la nacionalidad española presentarán copia autenticada de la
tarjeta de residencia o documento equivalente.
b) Copia autenticada del título alegado como requisito para el ingreso en el Cuerpo
de Catedráticos de Música y Artes Escénicas (anverso y reverso) o, en su defecto, copia
autenticada de la documentación acreditativa del abono de las tasas de expedición y
certificación académica del título.
En el caso de que se presenten títulos que se hayan obtenido en el extranjero, se
deberá aportar, sin excepción, la correspondiente homologación por el Estado español, o,
en su caso, la declaración de equivalencia a nivel académico de grado.
c) Copia autenticada de la documentación acreditativa de la formación y capacidad
de tutela en las investigaciones propias de las enseñanzas artísticas a que se refiere
el artículo 17 del Reglamento de Ingreso, que vendrá acreditada por la presentación de
alguno de los siguientes documentos:
- Copia autenticada de la titulación de doctorado.
-Copia autenticada del reconocimiento de suficiencia investigadora o del certificado
diploma acreditativo de estudios avanzados (D.E.A.).
- Copia autenticada de un título universitario oficial de Máster distinto del requerido
para el ingreso en la función pública docente, para cuya obtención se hayan exigido, al
menos, 60 créditos, que capacite para la práctica de la investigación educativa o de la
investigación propia de las enseñanzas artísticas.
Cuando se alegue, en sustitución de la formación indicada en los apartados anteriores,
docencia efectiva, durante un mínimo de 12 meses en el Cuerpo de Catedráticos de
Música y Artes Escénicas en Centros Públicos o en las enseñanzas superiores de música
en centros privados, esta se acreditará de la siguiente forma:
- Si la docencia se ha impartido en centros públicos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, no habrá de presentarse certificación alguna, al obrar los datos en poder de la
Administración.
- Si la docencia se ha impartido en centros públicos de otras Administraciones
educativas, habrá de presentarse la certificación del tiempo de docencia efectiva, con
indicación de la fecha de inicio y fin, expedida por el órgano competente en materia de
recursos humanos, haciendo constar el cuerpo y la especialidad.
- Si se trata de un centro privado, una certificación de la Dirección del centro con el
V.º B.º de la Inspección de Educación, haciendo constar el nivel de enseñanza impartida
y la especialidad, así como la duración de los servicios prestados, con indicación de la
fecha de inicio y fin.
d) Declaración responsable según modelo que figura como Anexo V a) de no
haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse, por resolución judicial, en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos, para el acceso a cuerpo o escala
de funcionario o para ejercer funciones similares a las desempeñadas como personal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316224
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía