Autoridades y personal. . (2025/37-8)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Telefonista, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas a las personas que se citan, y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
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Número 37 - Lunes, 24 de febrero de 2025
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personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere
presentación de solicitudes de petición de centro de destino, y se anuncia la apertura de
audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
Dicha resolución, en su resuelve tercero, concede, a fin de no causar indefensión
y de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a
partir del día hábil siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía a las personas candidatas que se citan en el Anexo III de esta
resolución para subsanar la falta de presentación de declaración responsable. Asimismo,
establece que, aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia
concedido, no subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los
requisitos, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de
Salud, y perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin
perjuicio, en su caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
Por su parte, la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 209, de 25 de octubre), en su resuelve
quinto establece que, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que en el caso
de existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos
derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden
de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de entre los contenidos en
la resolución por la que se publica la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía mediante resolución de esta Dirección General de Personal.
Por otro lado, de acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico, los
procesos de estabilización coincidentes en cuanto a la categoría/cuerpos convocados,
no pueden más que ser coordinados por la Administración competente, determinando las
convocatorias la regulación de los mismos con base en lo dispuesto en la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, y en Decreto-ley 12/2022, permitiendo, a su vez, alcanzar los objetivos
marcados por la mencionada Ley 20/2021 en los plazos establecidos en la misma.
En la presente convocatoria para cubrir plazas básicas vacantes de la categoría de
Telefonista, por el sistema de concurso, mediante Resolución de 26 de junio de 2024, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (publicada en la página
web del Servicio Andaluz de Salud con fecha 28 de junio de 2024), se aprobaron las listas
definitivas de personas que superan las pruebas selectivas de concurso, modificadas por
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud (publicada en la página web del Servicio Andaluz de Salud con fecha
16 de octubre de 2024). Posteriormente se dictaron las Resoluciones de 21 de octubre
de 2024 (BOJA núm. 209, de 25 de octubre) y de 29 de enero de 2025 (BOJA núm. 22,
de 3 de febrero), todas ellas de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud, por las que de conformidad con las bases reguladoras se iniciaron los trámites
para proceder al acuerdo del nombramiento de las personas aspirantes seleccionadas.
A día de hoy, y pese al dictado de las resoluciones citadas en el punto anterior, no
se ha conseguido concluir la fase de nombramiento del presente proceso selectivo de
concurso, siendo esta situación determinante para que pueda producirse los siguiente
acuerdos de nombramiento de las personas que han superado el proceso selectivo
de concurso oposición de la misma categoría de Personal de Telefonista, convocado
mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
Ante tales circunstancias singulares, esta Administración tiene el deber de hacer
efectivo la aplicación del acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico
en la mencionada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público. A tal fin, dada la existencia de la
posible consideración como personas que cuenten con una puntuación total consecutiva
e ininterrumpida a las inicialmente propuestas y, en consecuencia, suficiente para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316122
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2513/2
personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere
presentación de solicitudes de petición de centro de destino, y se anuncia la apertura de
audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
Dicha resolución, en su resuelve tercero, concede, a fin de no causar indefensión
y de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a
partir del día hábil siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía a las personas candidatas que se citan en el Anexo III de esta
resolución para subsanar la falta de presentación de declaración responsable. Asimismo,
establece que, aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia
concedido, no subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los
requisitos, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de
Salud, y perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin
perjuicio, en su caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
Por su parte, la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 209, de 25 de octubre), en su resuelve
quinto establece que, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que en el caso
de existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos
derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden
de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de entre los contenidos en
la resolución por la que se publica la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía mediante resolución de esta Dirección General de Personal.
Por otro lado, de acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico, los
procesos de estabilización coincidentes en cuanto a la categoría/cuerpos convocados,
no pueden más que ser coordinados por la Administración competente, determinando las
convocatorias la regulación de los mismos con base en lo dispuesto en la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, y en Decreto-ley 12/2022, permitiendo, a su vez, alcanzar los objetivos
marcados por la mencionada Ley 20/2021 en los plazos establecidos en la misma.
En la presente convocatoria para cubrir plazas básicas vacantes de la categoría de
Telefonista, por el sistema de concurso, mediante Resolución de 26 de junio de 2024, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (publicada en la página
web del Servicio Andaluz de Salud con fecha 28 de junio de 2024), se aprobaron las listas
definitivas de personas que superan las pruebas selectivas de concurso, modificadas por
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud (publicada en la página web del Servicio Andaluz de Salud con fecha
16 de octubre de 2024). Posteriormente se dictaron las Resoluciones de 21 de octubre
de 2024 (BOJA núm. 209, de 25 de octubre) y de 29 de enero de 2025 (BOJA núm. 22,
de 3 de febrero), todas ellas de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud, por las que de conformidad con las bases reguladoras se iniciaron los trámites
para proceder al acuerdo del nombramiento de las personas aspirantes seleccionadas.
A día de hoy, y pese al dictado de las resoluciones citadas en el punto anterior, no
se ha conseguido concluir la fase de nombramiento del presente proceso selectivo de
concurso, siendo esta situación determinante para que pueda producirse los siguiente
acuerdos de nombramiento de las personas que han superado el proceso selectivo
de concurso oposición de la misma categoría de Personal de Telefonista, convocado
mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
Ante tales circunstancias singulares, esta Administración tiene el deber de hacer
efectivo la aplicación del acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico
en la mencionada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público. A tal fin, dada la existencia de la
posible consideración como personas que cuenten con una puntuación total consecutiva
e ininterrumpida a las inicialmente propuestas y, en consecuencia, suficiente para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316122
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