Autoridades y personal. . (2025/37-18)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Especialista en Anatomía Patológica, en Dietética y Nutrición, en Documentación Sanitaria, en Laboratorio, en Medicina Nuclear, en Radiodiagnóstico y en Radioterapia, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Lunes, 24 de febrero de 2025
página 2473/5
5. Admisión de solicitudes.
Para el cumplimiento del requisito de participación por el cupo de reserva de plazas
de cualquier tipo de discapacidad, las personas aspirantes deberán poseer un grado de
discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, por lo que, para subsanar esta circunstancia en la fase de alegaciones
al listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, deberán aportar
necesariamente para su comprobación la resolución, el certificado o la tarjeta acreditativa,
en los que expresamente conste el grado de discapacidad concedido, la fecha de
concesión y vigencia del grado de discapacidad, emitido por el órgano competente en
esta materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones
Públicas.
No obstante lo anterior, en los casos en que la acreditación de la condición de
persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente
de la Junta de Andalucía, la persona opositora no tendrá que presentar dicha resolución,
certificado o tarjeta, ya que la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio
por la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, salvo oposición expresa de la misma, en cuyo caso deberá acreditarla tal y como
se describe en el párrafo anterior.
6. Autobaremo y acreditación de méritos y requisitos.
6.1. El procedimiento a seguir será el establecido en las bases generales.
6.2. Para agilizar la valoración de méritos en el proceso selectivo, todas las
personas aspirantes deberán presentar a continuación del procedimiento establecido
para la presentación de las Solicitudes y documentación establecidas en el punto 4, el
Autobaremo de los méritos, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día 29
de abril de 2025, inclusive.
El autobaremo de méritos y la acreditación de méritos habrán de ser presentados a
través de medios electrónicos, anexando los méritos registrados en el currículum digital
al sistema normalizado de solicitud de entrega de méritos acreditativos en el proceso. La
persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
El sistema selectivo para ingresar en la categoría y en su caso especialidad será el
de concurso-oposición constando de dos fases: fase de oposición y fase de concurso de
méritos.
La puntuación máxima total del baremo del concurso oposición será de 200 puntos
correspondiendo el 50% de este a la oposición y el otro 50% del baremo a la fase de
concurso.
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 40 puntos).
A) Servicios prestados en centros sanitarios.
1. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad.
a) En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario
Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la
Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316082
Fase de oposición.
Valor del examen: 100 puntos.
Fase de concurso (máximo 100 puntos).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Lunes, 24 de febrero de 2025
página 2473/5
5. Admisión de solicitudes.
Para el cumplimiento del requisito de participación por el cupo de reserva de plazas
de cualquier tipo de discapacidad, las personas aspirantes deberán poseer un grado de
discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, por lo que, para subsanar esta circunstancia en la fase de alegaciones
al listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, deberán aportar
necesariamente para su comprobación la resolución, el certificado o la tarjeta acreditativa,
en los que expresamente conste el grado de discapacidad concedido, la fecha de
concesión y vigencia del grado de discapacidad, emitido por el órgano competente en
esta materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones
Públicas.
No obstante lo anterior, en los casos en que la acreditación de la condición de
persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente
de la Junta de Andalucía, la persona opositora no tendrá que presentar dicha resolución,
certificado o tarjeta, ya que la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio
por la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, salvo oposición expresa de la misma, en cuyo caso deberá acreditarla tal y como
se describe en el párrafo anterior.
6. Autobaremo y acreditación de méritos y requisitos.
6.1. El procedimiento a seguir será el establecido en las bases generales.
6.2. Para agilizar la valoración de méritos en el proceso selectivo, todas las
personas aspirantes deberán presentar a continuación del procedimiento establecido
para la presentación de las Solicitudes y documentación establecidas en el punto 4, el
Autobaremo de los méritos, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día 29
de abril de 2025, inclusive.
El autobaremo de méritos y la acreditación de méritos habrán de ser presentados a
través de medios electrónicos, anexando los méritos registrados en el currículum digital
al sistema normalizado de solicitud de entrega de méritos acreditativos en el proceso. La
persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
El sistema selectivo para ingresar en la categoría y en su caso especialidad será el
de concurso-oposición constando de dos fases: fase de oposición y fase de concurso de
méritos.
La puntuación máxima total del baremo del concurso oposición será de 200 puntos
correspondiendo el 50% de este a la oposición y el otro 50% del baremo a la fase de
concurso.
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 40 puntos).
A) Servicios prestados en centros sanitarios.
1. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad.
a) En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario
Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la
Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316082
Fase de oposición.
Valor del examen: 100 puntos.
Fase de concurso (máximo 100 puntos).