Disposiciones generales. . (2025/36-2)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas de espectáculos para el programa Abecedaria de la Red Andaluza de Teatros Públicos para el curso escolar 2025-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Viernes, 21 de febrero de 2025

página 1807/2

por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales como por los municipios adheridos,
los correspondientes contratos de representación pública, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 26 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de la Ley de Contratos del Sector
Público.

Tercero. Solicitud.
1. Lugar y plazo de presentación.
La solicitud deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en la web del
programa www.redandaluzadeteatrospublicos.es
La solicitud generada (Anexo I), firmada por el representante legal de la compañía
o formación y dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, se presentará preferentemente a través del servicio
«Presentación Electrónica General» de la Junta de Andalucía, disponible en la pestaña
«Servicios y Trámites» en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es//servicios.html
Podrá también presentarse por cualquiera de las vías establecidas en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en cuyo caso, se deberá enviar comprobante de dicho
envío al correo electrónico informacion.redandaluzadeteatros.aaiicc@juntadeandalucia.
es dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
2. Se presentará una sola solicitud por espectáculo. Si se trata de un espectáculo con
diferentes formatos habrá de presentarse una solicitud por cada formato distinto. En este
supuesto podrá existir diferencia de caché dependiendo del número de componentes, en
cuyo caso se especificará en el título.
3. El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir
del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
4. Contenido de la solicitud.
Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado las solicitudes se
acompañarán de:
- Dossier del espectáculo. En la modalidad de música se especificará el programa
que se interpretará.
- Dossier de las necesidades técnicas que detalle infraestructura, material de
iluminación y sonido y personal necesario para el buen desarrollo del espectáculo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315416

Segundo. Requisitos de los participantes.
Podrán presentar sus ofertas de espectáculos de teatro, danza, música, circo y
flamenco las entidades con domicilio social o establecimiento permanente en el territorio
nacional.
La convocatoria se dirige a compañías y formaciones profesionales, de carácter
privado, constituidas en alguna de las figuras jurídicas previstas por la ley.
No podrán presentarse a la actual convocatoria los espectáculos considerados
«talleres». A los efectos de las presentes bases, tendrán la consideración de talleres
aquellos espectáculos basados en un conjunto de prácticas socioeducativas con personas,
grupos o comunidades que, a través de metodologías dramáticas o teatrales, generan
procesos de creación cultural y persiguen el empoderamiento de los participantes. Este
tipo de talleres deberán estar asociados a la realización de un espectáculo para poder
ser valorados como complemento al mismo.
Se presentarán un máximo de tres espectáculos por compañía o formación.
El espectáculo propuesto deberá haber sido estrenado con anterioridad al 15 de abril
de 2025.
Se podrán presentar espectáculos de otras comunidades cuyo estreno se haya llevado
a cabo dentro de los dos años anteriores a la fecha publicación de esta convocatoria.