Autoridades y personal. . (2025/35-29)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala Administrativa de esta Universidad, por el sistema de acceso libre, en desarrollo de la oferta de empleo público aprobada en Consejo de Gobierno, de 28 de septiembre de 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Jueves, 20 de febrero de 2025
página 1715/5
5. Tribunal Calificador.
5.1. El nombramiento del Tribunal Calificador de la presente convocatoria se realizará
mediante Resolución del Rector que se hará pública al mismo tiempo que se publiquen la
Resolución por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la UNIA, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas
en el artículo de 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria; asimismo, las personas
aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las
circunstancias previstas en la presente base.
La persona titular de la Presidencia del Tribunal podrá solicitar a los miembros
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o
recusación, así como de no haber realizado tareas de preparación de aspirantes en los
cinco años anteriores.
En su caso, con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, se publicará en
el Tablón Oficial de la UNIA (TOUNIA) la Resolución del Rector por la que se nombran
a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en esta base o por cualquier otra causa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315324
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del
Rector de la UNIA, se aprobará la lista provisional de personas admitidas y las excluidas
a las pruebas selectivas, en la que figurarán, ordenadas alfabéticamente, las personas
aspirantes admitidas y las excluidas, con indicación, al menos, de los apellidos y el
nombre, así como de las causas de exclusión.
La lista provisional será publicada en el Tablón Oficial de la UNIA (TOUNIA),conforme
se indica en la base 1.5 de esta convocatoria.
4.2. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión en la relación de admitidas. La subsanación se
realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma
telemática en la Sede Electrónica de la UNIA.
Quienes, dentro del plazo concedido, no subsanen su exclusión o aleguen contra la
omisión de su solicitud, justificando su derecho a ser incluidas en la lista de admitidas,
serán definitivamente excluidos de la participación de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y posibilitar su subsanación en tiempo y
forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran
recogidas en la lista provisional de excluidas, sino que, además, sus nombres constan en
la correspondiente lista provisional de admitidas.
4.3. Expirado el plazo de subsanación de solicitudes y una vez analizadas la
documentación aportada, el Rector de la UNIA dictará resolución declarando aprobada
la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, en la que figurarán, ordenadas
alfabéticamente, las personas aspirantes admitidas y las excluidas, con indicación, al
menos, de los apellidos y el nombre, así como de las causas de exclusión.
La lista definitiva será publicada en el Tablón Oficial de la UNIA (TOUNIA), conforme
se indica en la base 1.5 de esta convocatoria.
Para las personas solicitantes excluidas dicha Resolución pone fin a la vía
administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición o
recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
respectivamente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Jueves, 20 de febrero de 2025
página 1715/5
5. Tribunal Calificador.
5.1. El nombramiento del Tribunal Calificador de la presente convocatoria se realizará
mediante Resolución del Rector que se hará pública al mismo tiempo que se publiquen la
Resolución por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la UNIA, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas
en el artículo de 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria; asimismo, las personas
aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las
circunstancias previstas en la presente base.
La persona titular de la Presidencia del Tribunal podrá solicitar a los miembros
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o
recusación, así como de no haber realizado tareas de preparación de aspirantes en los
cinco años anteriores.
En su caso, con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, se publicará en
el Tablón Oficial de la UNIA (TOUNIA) la Resolución del Rector por la que se nombran
a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en esta base o por cualquier otra causa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315324
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del
Rector de la UNIA, se aprobará la lista provisional de personas admitidas y las excluidas
a las pruebas selectivas, en la que figurarán, ordenadas alfabéticamente, las personas
aspirantes admitidas y las excluidas, con indicación, al menos, de los apellidos y el
nombre, así como de las causas de exclusión.
La lista provisional será publicada en el Tablón Oficial de la UNIA (TOUNIA),conforme
se indica en la base 1.5 de esta convocatoria.
4.2. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión en la relación de admitidas. La subsanación se
realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma
telemática en la Sede Electrónica de la UNIA.
Quienes, dentro del plazo concedido, no subsanen su exclusión o aleguen contra la
omisión de su solicitud, justificando su derecho a ser incluidas en la lista de admitidas,
serán definitivamente excluidos de la participación de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y posibilitar su subsanación en tiempo y
forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran
recogidas en la lista provisional de excluidas, sino que, además, sus nombres constan en
la correspondiente lista provisional de admitidas.
4.3. Expirado el plazo de subsanación de solicitudes y una vez analizadas la
documentación aportada, el Rector de la UNIA dictará resolución declarando aprobada
la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, en la que figurarán, ordenadas
alfabéticamente, las personas aspirantes admitidas y las excluidas, con indicación, al
menos, de los apellidos y el nombre, así como de las causas de exclusión.
La lista definitiva será publicada en el Tablón Oficial de la UNIA (TOUNIA), conforme
se indica en la base 1.5 de esta convocatoria.
Para las personas solicitantes excluidas dicha Resolución pone fin a la vía
administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición o
recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
respectivamente.