3. Otras disposiciones. . (2025/34-35)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la UTE RSU Málaga, concesionaria del servicio de tratamiento, clasificación y compostaje de residuos sólidos urbanos en la provincia de Málaga, dando servicio a 91 municipios de la parte oriental de la provincia, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Miércoles, 19 de febrero de 2025

página 2274/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Mediante escrito presentado el 6 de febrero de 2025, por el Secretario de Organización
de la Confederación General del Trabajo de Andalucía, Federación Provincial de
Sindicatos, en nombre y representación de los trabajadores de la UTE RSU Málaga, con
CIF U93619096, se comunica convocatoria de huelga que afecta a todos los trabajadores
y trabajadoras que prestan sus servicios en la UTE RSU Málaga, ubicada en el
Complejo Medioambiental Valsequillo, Antequera (Málaga), concesionaria del servicio de
tratamiento, clasificación y compostaje de residuos sólidos urbanos en la provincia de
Málaga. La huelga, de carácter indefinido, se llevará a efecto a partir de las 00:00 horas
del día 17 de febrero de 2025.
El derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses está
reconocido por el artículo 28.2 de la Constitución Española (CE), precepto que prevé
que la ley que regule su ejercicio establecerá las garantías precisas para asegurar el
mantenimiento de los servicios esenciales para la comunidad, siendo tal ley actualmente
el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, en cuyo
artículo 10, párrafo 2.º, se establece que cuando la huelga se declare en empresas
encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida
e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la Autoridad
Gubernativa podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de
los servicios.
El Tribunal Constitucional en sus Sentencias 11, 26 y 33/1981, 51/1986 y 27/1989
ha sentado la doctrina en materia de huelga respecto a la fijación de tales servicios
esenciales de la comunidad, la cual ha sido resumida por la Sentencia de dicho Tribunal
43/1990, de 15 de marzo, y ratificada en la de 29 de abril de 1993, señalando la obligación
de la Administración de velar por el funcionamiento de los servicios esenciales de la
comunidad, teniendo en cuenta que «exista una razonable proporción entre los servicios
a imponer a los huelguistas y los perjuicios que padezcan los usuarios de aquellos,
evitando que los servicios esenciales establecidos supongan un funcionamiento normal
del servicio y al mismo tiempo procurando que el interés de la comunidad sea perturbado
por la huelga solamente en términos razonables».
El servicio público consistente en el tratamiento, clasificación y compostaje de
residuos sólidos urbanos de la provincia de Málaga por la UTE RSU Málaga se considera
un servicio esencial para la comunidad, en la medida en que su interrupción total puede
poner en peligro la seguridad y la salud de la población a quién van dirigidos dichos
servicios, además de afectar al medio ambiente.
Por tanto, la paralización total de los servicios que presta la empresa UTE RSU
Málaga, derivada del ejercicio del derecho de huelga, podría afectar a bienes y derechos
de los ciudadanos reconocidos y protegidos en el Título Primero de la Constitución,
en concreto el derecho a la protección de la salud proclamado en el artículo 43 de la
Constitución. Así mismo, el artículo 45 de la constitución indica el derecho de todos los
ciudadanos a disfrutar de un medio ambiente adecuado. Es por ello que se hace preciso
garantizar y regular esta actividad ante la presente convocatoria de huelga, por lo que
procede de acuerdo con el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00315883

Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del
servicio público que presta la UTE RSU Málaga, concesionaria del servicio
de tratamiento, clasificación y compostaje de residuos sólidos urbanos en la
provincia de Málaga, dando servicio a 91 municipios de la parte oriental de la
provincia, mediante el establecimiento de servicios mínimos.