3. Otras disposiciones. . (2025/34-38)
Orden de 12 de febrero de 2025, por la que se delega al Ayuntamiento de Ronda (Málaga) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen o ejecuten el planeamiento de protección en el ámbito del Conjunto Histórico de Ronda (Málaga).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 34 - Miércoles, 19 de febrero de 2025

página 2236/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 12 de febrero de 2025, por la que se delega al Ayuntamiento de Ronda
(Málaga) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen o
ejecuten el planeamiento de protección en el ámbito del Conjunto Histórico de
Ronda (Málaga).
Vista la solicitud de delegación de la competencia presentada por el Ayuntamiento de
Ronda (Málaga), para autorizar las obras y actuaciones que desarrollen o ejecuten, en el
ámbito del Conjunto Histórico, la «Revisión parcial del PGOU de Ronda, con contenido
de protección del Conjunto Histórico», se resuelve con la decisión que figura al final, a la
que sirven de motivación los antecedentes y fundamentos jurídicos siguientes:
A NTECEDENTES
Primero. Mediante Decreto 2692/66, de 8 de octubre, fue declarada Conjunto
Histórico Artístico la ciudad de Ronda. Posteriormente, por Decreto 199/2001, de 4 de
septiembre, se declara Bien de Interés Cultural la ampliación del Conjunto Histórico de
Ronda (Málaga), y se establece su nueva delimitación.
Segundo. En cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 20.1 de la Ley
16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el artículo 30.1 de la Ley
14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, el Ayuntamiento de
Ronda redactó la «Revisión parcial del PGOU de Ronda con contenido de protección
del Conjunto Histórico», que fue aprobada definitivamente con fecha 21 de diciembre de
2023 por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Málaga,
en los términos del artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, previo informe favorable de la Dirección General de Patrimonio
Histórico, de fecha 17 de agosto de 2023, a los efectos previstos en el artículo 29.4 de la
Ley 14/2007, de 26 de noviembre. El citado planeamiento fue publicado en Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía número 100, de 24 de mayo de 2024.

Cuarto. Con fecha 29 de noviembre de 2024 la Delegación Territorial de Turismo,
Cultura y Deporte en Málaga emitió informe a la solicitud presentada por el Ayuntamiento
de Ronda y respecto a la composición de la Comisión Técnica Municipal, el cual es
asumido por la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga en su sesión de 4
de diciembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315846

Tercero. Con fecha 7 de agosto de 2024, el Ayuntamiento de Ronda solicitó la
delegación de la competencia para autorizar directamente las obras y actuaciones
que desarrollen y ejecuten en el ámbito del Conjunto Histórico el citado planeamiento
urbanístico aprobado, incluidas las demoliciones, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 38 y 40.1 y 40.2. de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. Así mismo, acreditaba
la composición de la Comisión técnica municipal.
Posteriormente, con fecha 17 de septiembre de 2024 el Ayuntamiento de Ronda remite
documentación completa de la «Revisión parcial del PGOU de Ronda con contenido de
protección del Conjunto Histórico», debidamente diligenciada, que le fue requerida en
virtud del artículo 40.3 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.