3. Otras disposiciones. . (2025/32-51)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se establecen nuevas zonas demarcadas del organismo nocivo Scirtothrips aurantii Faure y las medidas fitosanitarias obligatorias para su control en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2047/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
El Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre
de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, por las
que se modifican los Reglamentos (UE) 228/2013, (UE) 652/2014, (UE) 1143/2014 del
Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 69/464/CEE, 74/647/CEE,
93/85/CEE, 2000/29/CE, 2006/91/CE y 2007/33/CE del Consejo, dispone en su Capítulo II
las medidas de control a establecer para impedir la introducción y propagación en el
territorio de la Unión de las denominadas plagas cuarentenarias de la Unión.
Scirtothrips aurantii Faure es un insecto de la orden de los Tisanópteros, familia
Thripidae, incluida en el Anexo II, parte A, punto c) núm. 62, del Reglamento de Ejecución
(UE) 2019/2072 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2019, por el que se establecen
condiciones uniformes para la ejecución del Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento
Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las medidas de protección contra las plagas
de los vegetales, se deroga el Reglamento (CE) núm. 690/2008 de la Comisión y se
modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2019 de la Comisión. Por lo que está
considerado un organismo de cuarentena y, consecuentemente, sometido a regulación,
siendo necesario tomar medidas para su erradicación y control.
Por su parte, la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, dispone
en su artículo 14.1, que ante la aparición por primera vez de una plaga en el territorio
nacional o en una parte del mismo, o la sospecha de su existencia, que pudiera tener
importancia económica o medioambiental, la autoridad competente verificará la presencia
y la importancia de la infestación y adoptará inmediatamente las medidas fitosanitarias
cautelares previas que estime necesarias para evitar la propagación de dicha plaga.
Asimismo, en su artículo 14.2 señala que, sin perjuicio de las acciones inmediatas, la
presencia de una plaga podrá dar lugar a la declaración de su existencia por la autoridad
competente de la Comunidad Autónoma.
El artículo 5 del Decreto 96/2016, de 3 de mayo, por el que se regula la prevención
y lucha contra las plagas, el uso sostenible de productos fitosanitarios, la inspección de
equipos para su aplicación y se crea el censo de equipos de aplicación de productos
fitosanitarios, permite a la Consejería con competencias en materia de agricultura, ante
la aparición por primera vez de una plaga, declarar oficialmente su existencia, la zona
afectada y las medidas fitosanitarias a adoptar.
El 21 de diciembre de 2020 se publicó la Resolución de 13 de diciembre de 2020,
de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se declara
oficialmente la existencia de la plaga de cuarentena Scirtothrips aurantii Faure, se
establecen zonas demarcadas y las medidas fitosanitarias a adoptar en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, han
realizado prospecciones con el fin de comprobar la posible presencia, distribución,
incidencia y nivel de expansión del organismo nocivo Scirtothrips aurantii.
En base a las actuaciones realizadas durante la anualidad 2024, las Delegaciones
Territoriales de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Córdoba y Málaga, han
emitido informes sobre la detección del citado organismo nocivo en nuevas zonas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315655
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera, por la que se establecen nuevas zonas demarcadas
del organismo nocivo Scirtothrips aurantii Faure y las medidas fitosanitarias
obligatorias para su control en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2047/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
El Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre
de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, por las
que se modifican los Reglamentos (UE) 228/2013, (UE) 652/2014, (UE) 1143/2014 del
Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 69/464/CEE, 74/647/CEE,
93/85/CEE, 2000/29/CE, 2006/91/CE y 2007/33/CE del Consejo, dispone en su Capítulo II
las medidas de control a establecer para impedir la introducción y propagación en el
territorio de la Unión de las denominadas plagas cuarentenarias de la Unión.
Scirtothrips aurantii Faure es un insecto de la orden de los Tisanópteros, familia
Thripidae, incluida en el Anexo II, parte A, punto c) núm. 62, del Reglamento de Ejecución
(UE) 2019/2072 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2019, por el que se establecen
condiciones uniformes para la ejecución del Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento
Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las medidas de protección contra las plagas
de los vegetales, se deroga el Reglamento (CE) núm. 690/2008 de la Comisión y se
modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2019 de la Comisión. Por lo que está
considerado un organismo de cuarentena y, consecuentemente, sometido a regulación,
siendo necesario tomar medidas para su erradicación y control.
Por su parte, la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, dispone
en su artículo 14.1, que ante la aparición por primera vez de una plaga en el territorio
nacional o en una parte del mismo, o la sospecha de su existencia, que pudiera tener
importancia económica o medioambiental, la autoridad competente verificará la presencia
y la importancia de la infestación y adoptará inmediatamente las medidas fitosanitarias
cautelares previas que estime necesarias para evitar la propagación de dicha plaga.
Asimismo, en su artículo 14.2 señala que, sin perjuicio de las acciones inmediatas, la
presencia de una plaga podrá dar lugar a la declaración de su existencia por la autoridad
competente de la Comunidad Autónoma.
El artículo 5 del Decreto 96/2016, de 3 de mayo, por el que se regula la prevención
y lucha contra las plagas, el uso sostenible de productos fitosanitarios, la inspección de
equipos para su aplicación y se crea el censo de equipos de aplicación de productos
fitosanitarios, permite a la Consejería con competencias en materia de agricultura, ante
la aparición por primera vez de una plaga, declarar oficialmente su existencia, la zona
afectada y las medidas fitosanitarias a adoptar.
El 21 de diciembre de 2020 se publicó la Resolución de 13 de diciembre de 2020,
de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se declara
oficialmente la existencia de la plaga de cuarentena Scirtothrips aurantii Faure, se
establecen zonas demarcadas y las medidas fitosanitarias a adoptar en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, han
realizado prospecciones con el fin de comprobar la posible presencia, distribución,
incidencia y nivel de expansión del organismo nocivo Scirtothrips aurantii.
En base a las actuaciones realizadas durante la anualidad 2024, las Delegaciones
Territoriales de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Córdoba y Málaga, han
emitido informes sobre la detección del citado organismo nocivo en nuevas zonas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315655
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera, por la que se establecen nuevas zonas demarcadas
del organismo nocivo Scirtothrips aurantii Faure y las medidas fitosanitarias
obligatorias para su control en la Comunidad Autónoma de Andalucía.