Autoridades y personal. . (2025/32-28)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Enfermero/a, Enfermero/a Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermero/a Especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrón/a), Enfermero/a Especialista en Enfermería de Salud Mental y Enfermero/a Especialista en Enfermería del Trabajo, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2096/5
Salud, salvo oposición expresa de la misma, en cuyo caso deberá acreditarla tal y como
se describe en el párrafo anterior.
6. Autobaremo y acreditación de méritos y requisitos.
6.1. El procedimiento a seguir será el establecido en las bases generales.
6.2. Para agilizar la valoración de méritos en el proceso selectivo, todas las
personas aspirantes deberán presentar a continuación del procedimiento establecido
para la presentación de las Solicitudes y documentación establecidas en el punto 4, el
autobaremo de los méritos, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día 29
de abril de 2025, inclusive.
El autobaremo de méritos y la acreditación de méritos habrán de ser presentados a
través de medios electrónicos, anexando los méritos registrados en el currículum digital
al sistema normalizado de solicitud de entrega de méritos acreditativos en el proceso. La
persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
El sistema selectivo para ingresar en la categoría y en su caso especialidad será el de
concurso-oposición constando de dos fases: fase de oposición y fase de concurso de méritos.
La puntuación máxima total del baremo del concurso oposición será de 200 puntos
correspondiendo el 50% de este a la oposición y el otro 50% del baremo a la fase de
concurso.
FASE DE OPOSICIÓN.
Valor del examen: 100 puntos.
FASE DE CONCURSO (MÁXIMO 100 PUNTOS).
A. Servicios prestados en centros sanitarios.
1. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad.
a) En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario
Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la
Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa,
agencia pública empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública
admitida en derecho: 0,30 puntos.
b) En centros sanitarios públicos de países no integrados en la Unión Europea,
gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública
empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en
derecho: 0,025 puntos.
c) En centros hospitalarios privados adscritos al Servicio Nacional de Salud en virtud
de un convenio singular, debidamente justificado documentalmente: 0,10 puntos.
d) En centros sanitarios de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales de la seguridad social o mutuas Patronales 0,10 puntos.
2. Los servicios prestados en categoría y especialidad en distinta a la que concursa
se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario
Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público
de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública
sanitaria, agencia administrativa, agencia pública empresarial o cualesquiera otra entidad
de naturaleza o titularidad pública admitida en derecho en puestos o categorías que
tengan la consideración o clasificación funcional de puesto directivo o cargo intermedio si
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315704
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 40 puntos).
BOJA
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2096/5
Salud, salvo oposición expresa de la misma, en cuyo caso deberá acreditarla tal y como
se describe en el párrafo anterior.
6. Autobaremo y acreditación de méritos y requisitos.
6.1. El procedimiento a seguir será el establecido en las bases generales.
6.2. Para agilizar la valoración de méritos en el proceso selectivo, todas las
personas aspirantes deberán presentar a continuación del procedimiento establecido
para la presentación de las Solicitudes y documentación establecidas en el punto 4, el
autobaremo de los méritos, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día 29
de abril de 2025, inclusive.
El autobaremo de méritos y la acreditación de méritos habrán de ser presentados a
través de medios electrónicos, anexando los méritos registrados en el currículum digital
al sistema normalizado de solicitud de entrega de méritos acreditativos en el proceso. La
persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
El sistema selectivo para ingresar en la categoría y en su caso especialidad será el de
concurso-oposición constando de dos fases: fase de oposición y fase de concurso de méritos.
La puntuación máxima total del baremo del concurso oposición será de 200 puntos
correspondiendo el 50% de este a la oposición y el otro 50% del baremo a la fase de
concurso.
FASE DE OPOSICIÓN.
Valor del examen: 100 puntos.
FASE DE CONCURSO (MÁXIMO 100 PUNTOS).
A. Servicios prestados en centros sanitarios.
1. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad.
a) En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario
Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la
Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa,
agencia pública empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública
admitida en derecho: 0,30 puntos.
b) En centros sanitarios públicos de países no integrados en la Unión Europea,
gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública
empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en
derecho: 0,025 puntos.
c) En centros hospitalarios privados adscritos al Servicio Nacional de Salud en virtud
de un convenio singular, debidamente justificado documentalmente: 0,10 puntos.
d) En centros sanitarios de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales de la seguridad social o mutuas Patronales 0,10 puntos.
2. Los servicios prestados en categoría y especialidad en distinta a la que concursa
se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario
Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público
de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública
sanitaria, agencia administrativa, agencia pública empresarial o cualesquiera otra entidad
de naturaleza o titularidad pública admitida en derecho en puestos o categorías que
tengan la consideración o clasificación funcional de puesto directivo o cargo intermedio si
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315704
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 40 puntos).