Disposiciones generales. . (2025/31-4)
Orden de 10 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para fomentar actuaciones de innovación y desarrollo tecnológico en las empresas, los clústeres de innovación y los centros tecnológicos en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Viernes, 14 de febrero de 2025
página 1976/5
III. Régimen de ayudas de Estado.
En relación con las ayudas de Estado, en esta orden se tiene en cuenta que, de
acuerdo con lo dispuesto en la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de
ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea (2016/C 262/01), las normas sobre ayudas estatales
sólo se aplican cuando la persona o entidad beneficiaria de la subvención ejerce una
actividad económica, con independencia de su estatuto jurídico y de su modo de
financiación. Adicionalmente, se determina que cualquier actividad consistente en ofrecer
bienes o servicios en un determinado mercado constituye una actividad económica.
Las bases reguladoras que se aprueban en la presente orden definen seis líneas de
subvenciones diferentes, con distintos objetivos y destinadas a una variedad de tipologías
de entidades beneficiarias, además de otra serie de características que se definen de
forma independiente para cada línea, y que, por tanto, se ajustan de forma dispar a la
normativa reguladora de ayudas de Estado.
En concreto, en las bases reguladoras que se aprueban en la presente orden se
incluyen dos líneas de subvenciones destinadas a los clústeres de innovación. A la
primera de ellas, destinada a la financiación de las actuaciones de apoyo a la actividad,
crecimiento y consolidación de los clústeres de innovación en Andalucía, le resultará de
aplicación el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de minimis. A la segunda línea de subvenciones, destinada
a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental de
los clústeres de innovación, para las entidades que ejerzan una actividad económica,
resultará de aplicación el Decreto 185/2014, de 30 de diciembre, por el que se establece
el marco regulador de las ayudas que se concedan por la Administración de la Junta de
Andalucía y sus entidades instrumentales a empresas para promover la investigación y
el desarrollo e innovación, garantizándose la compatibilidad de estas subvenciones con
el Mercado Común en la medida en que el mencionado decreto respeta las condiciones
señaladas en el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de
2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el
mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea. Para las entidades que no ejerzan una actividad económica,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 del Marco sobre ayudas estatales de
investigación y desarrollo e innovación (2022/C 414/01), no se aplicará lo establecido en
el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, por lo tanto, no
tendrán la consideración de ayudas de estado, las ayudas que se otorguen en virtud de
1 https://clean-aviation.eu/sites/default/files/2022-01/CAJU-GB-2021-12-16-SRIA_en.pdf
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315585
europeo de aviación innovador, fiable, seguro y rentable que pueda cumplir el objetivo de
neutralidad climática a más tardar en 2050.
En concreto, CAJU se centra en demostrar tecnologías disruptivas para aeronaves
y conceptos novedosos que aborden la próxima generación de aeronaves regionales y
de corto y medio alcance con un 30% menos de emisiones netas de gases de efecto
invernadero a nivel de aeronave con una entrada en servicio para 2035 que estarán
propulsadas por Combustibles de Aviación Sostenible (CAS) o hidrógeno, combinados
con hibridación eléctrica, permitiendo así:
1. Cero emisiones de CO² en vuelo cuando se utilice hidrógeno como fuente de
energía, o bien;
2. Hasta una reducción del 90% de las emisiones CO² cuando se combina con el
efecto del CAS.
Esto se encuentra reflejado en la Agenda Estratégica de Investigación e Innovación
de CAJU (Strategic Research and Innovation Agenda1).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Viernes, 14 de febrero de 2025
página 1976/5
III. Régimen de ayudas de Estado.
En relación con las ayudas de Estado, en esta orden se tiene en cuenta que, de
acuerdo con lo dispuesto en la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de
ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea (2016/C 262/01), las normas sobre ayudas estatales
sólo se aplican cuando la persona o entidad beneficiaria de la subvención ejerce una
actividad económica, con independencia de su estatuto jurídico y de su modo de
financiación. Adicionalmente, se determina que cualquier actividad consistente en ofrecer
bienes o servicios en un determinado mercado constituye una actividad económica.
Las bases reguladoras que se aprueban en la presente orden definen seis líneas de
subvenciones diferentes, con distintos objetivos y destinadas a una variedad de tipologías
de entidades beneficiarias, además de otra serie de características que se definen de
forma independiente para cada línea, y que, por tanto, se ajustan de forma dispar a la
normativa reguladora de ayudas de Estado.
En concreto, en las bases reguladoras que se aprueban en la presente orden se
incluyen dos líneas de subvenciones destinadas a los clústeres de innovación. A la
primera de ellas, destinada a la financiación de las actuaciones de apoyo a la actividad,
crecimiento y consolidación de los clústeres de innovación en Andalucía, le resultará de
aplicación el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de minimis. A la segunda línea de subvenciones, destinada
a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental de
los clústeres de innovación, para las entidades que ejerzan una actividad económica,
resultará de aplicación el Decreto 185/2014, de 30 de diciembre, por el que se establece
el marco regulador de las ayudas que se concedan por la Administración de la Junta de
Andalucía y sus entidades instrumentales a empresas para promover la investigación y
el desarrollo e innovación, garantizándose la compatibilidad de estas subvenciones con
el Mercado Común en la medida en que el mencionado decreto respeta las condiciones
señaladas en el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de
2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el
mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea. Para las entidades que no ejerzan una actividad económica,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 del Marco sobre ayudas estatales de
investigación y desarrollo e innovación (2022/C 414/01), no se aplicará lo establecido en
el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, por lo tanto, no
tendrán la consideración de ayudas de estado, las ayudas que se otorguen en virtud de
1 https://clean-aviation.eu/sites/default/files/2022-01/CAJU-GB-2021-12-16-SRIA_en.pdf
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315585
europeo de aviación innovador, fiable, seguro y rentable que pueda cumplir el objetivo de
neutralidad climática a más tardar en 2050.
En concreto, CAJU se centra en demostrar tecnologías disruptivas para aeronaves
y conceptos novedosos que aborden la próxima generación de aeronaves regionales y
de corto y medio alcance con un 30% menos de emisiones netas de gases de efecto
invernadero a nivel de aeronave con una entrada en servicio para 2035 que estarán
propulsadas por Combustibles de Aviación Sostenible (CAS) o hidrógeno, combinados
con hibridación eléctrica, permitiendo así:
1. Cero emisiones de CO² en vuelo cuando se utilice hidrógeno como fuente de
energía, o bien;
2. Hasta una reducción del 90% de las emisiones CO² cuando se combina con el
efecto del CAS.
Esto se encuentra reflejado en la Agenda Estratégica de Investigación e Innovación
de CAJU (Strategic Research and Innovation Agenda1).