Disposiciones generales. . (2025/30-1)
Extracto de la Orden de 21 de junio de 2016, modificada por Orden de 10 de junio de 2020, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Jueves, 13 de febrero de 2025
página 1926/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Extracto de la Orden de 21 de junio de 2016, modificada por Orden de 10
de junio de 2020, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las Organizaciones
no Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) que realicen intervenciones
de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de
Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2025.
BDNS (identif.): 812864- 812865- 812866 - 812867.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el presente BOJA.
Cuantía
Máxima (€)
Partida presupuestaria
Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Con el fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación
de los Países Menos Avanzados de la cooperación andaluza,
al menos el 40% de la cuantía máxima irá destinada a financiar
proyectos en los Países Menos Avanzados, Población Saharaui
y Palestina.
9.098.112,00
1852010000G/82B/48000/00 01
Proyectos de Acción Humanitaria, excepto emergencia. Con el
fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación de los
Países Menos Avanzados de la cooperación andaluza, al menos
el 50% de la cuantía máxima irá destinada a financiar proyectos
en los Países Menos Avanzados, Población Saharaui y Palestina
(Franja de Gaza, Jerusalén Este y Zona C de Cisjordania).
1.213.081,60
1852010000G/82B/48000/00 01
Proyectos de Educación para el Desarrollo.
1.516.352,00
1852010000G/82B/48000/00 01
303.270,40
1852010000G/82B/48000/00 01
Finalidad
Proyectos de Formación, de Investigación y de Innovación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.4 de la Orden de 21 de junio de 2016
(BOJA núm. 120, de 24 de junio de 2016), modificada por la Orden de 10 de junio de
2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020), la precedente distribución
presupuestaria por finalidades de los proyectos tiene carácter estimativo, sin que en ningún
caso se supere el importe máximo global. En consecuencia, la dotación presupuestaria
asignada a una finalidad que no resulte comprometida podrá acumularse a las restantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315535
Primero. Convocatoria 2025 y cuantías máximas disponibles para cada finalidad.
Se efectúa convocatoria pública para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia
competitiva, de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo
(ONGD) que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo
por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de acuerdo
con las finalidades, cuantías máximas y partidas presupuestarias que se especifican
a continuación, conforme a la dotación presupuestaria global máxima, que asciende
a 12.130.816,00 €, y distribución presupuestaria por finalidad, aprobadas mediante
Resolución, de 24 de enero de 2025, de la persona titular de la Dirección de la Agencia
Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOJA núm. 19, de 29 de
enero de 2025).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Jueves, 13 de febrero de 2025
página 1926/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Extracto de la Orden de 21 de junio de 2016, modificada por Orden de 10
de junio de 2020, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las Organizaciones
no Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) que realicen intervenciones
de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de
Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el ejercicio 2025.
BDNS (identif.): 812864- 812865- 812866 - 812867.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el presente BOJA.
Cuantía
Máxima (€)
Partida presupuestaria
Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Con el fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación
de los Países Menos Avanzados de la cooperación andaluza,
al menos el 40% de la cuantía máxima irá destinada a financiar
proyectos en los Países Menos Avanzados, Población Saharaui
y Palestina.
9.098.112,00
1852010000G/82B/48000/00 01
Proyectos de Acción Humanitaria, excepto emergencia. Con el
fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación de los
Países Menos Avanzados de la cooperación andaluza, al menos
el 50% de la cuantía máxima irá destinada a financiar proyectos
en los Países Menos Avanzados, Población Saharaui y Palestina
(Franja de Gaza, Jerusalén Este y Zona C de Cisjordania).
1.213.081,60
1852010000G/82B/48000/00 01
Proyectos de Educación para el Desarrollo.
1.516.352,00
1852010000G/82B/48000/00 01
303.270,40
1852010000G/82B/48000/00 01
Finalidad
Proyectos de Formación, de Investigación y de Innovación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.4 de la Orden de 21 de junio de 2016
(BOJA núm. 120, de 24 de junio de 2016), modificada por la Orden de 10 de junio de
2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020), la precedente distribución
presupuestaria por finalidades de los proyectos tiene carácter estimativo, sin que en ningún
caso se supere el importe máximo global. En consecuencia, la dotación presupuestaria
asignada a una finalidad que no resulte comprometida podrá acumularse a las restantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315535
Primero. Convocatoria 2025 y cuantías máximas disponibles para cada finalidad.
Se efectúa convocatoria pública para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia
competitiva, de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo
(ONGD) que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo
por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de acuerdo
con las finalidades, cuantías máximas y partidas presupuestarias que se especifican
a continuación, conforme a la dotación presupuestaria global máxima, que asciende
a 12.130.816,00 €, y distribución presupuestaria por finalidad, aprobadas mediante
Resolución, de 24 de enero de 2025, de la persona titular de la Dirección de la Agencia
Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOJA núm. 19, de 29 de
enero de 2025).