Autoridades y personal. . (2025/29-18)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público de acceso para la adjudicación de plazas de Profesor/a Ayudante Doctor/a.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1709/4
En el caso de que la titulación de Doctor/a o las titulaciones establecidas como
preferentes en esta convocatoria hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá
acompañarse credencial que acredite su homologación o certificación de equivalencia a
titulación y nivel académico universitario oficial en España, o el reconocimiento profesional
del título para poder ejercer como profesor/a de universidad, conforme a lo dispuesto
en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, y en el art. 10 de la Ley Orgánica del
Sistema Universitario.
La no aportación de la documentación referida en los apartados a), b), c), d) y
en su caso e) y f) en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación
concedido al efecto, determinará la exclusión automática de la persona solicitante en
este procedimiento. A su vez, la presentación y el pago en el banco de los derechos
mencionados en el apartado c) no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la instancia de participación.
La no presentación de la documentación señalada, en los apartados g), h), i) y j) o su
presentación fuera del plazo establecido, no supondrá la exclusión del concurso, pero
podrá conllevar su no consideración por parte de la comisión.
La documentación acreditativa de los méritos relacionados en la solicitud deberá
estar debidamente ordenada y numerada atendiendo a los apartados del baremo. Se
podrá excluir a los/as candidatos/as que no presenten la documentación de acuerdo con
la indicación anterior.
3.5. Las personas que opten a más de una plaza, con distinto número de código,
deberán presentar solicitud independiente para cada una de ellas, acompañada en cada
caso de la documentación y abono correspondiente. Cuando existan varias plazas con
un mismo número de código se presentará una sola solicitud.
3.6. Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente a las personas
interesadas se practicarán a través de la dirección de correo electrónico señalada por el/la
aspirante en su solicitud.
5. Comisiones de Contratación y de Selección.
5.1. En el procedimiento de selección actuarán las Comisiones de Contratación
conformadas según lo establecido en el art. 115 de los Estatutos de la Universidad
de Jaén y las Comisiones de Selección, cuya composición y funciones se recogen en
capítulo 3 del Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el procedimiento para
los concursos de acceso a plazas y contratación de Profesorado Ayudante Doctor. Su
composición y demás datos de los miembros se relacionan en el Anexo III de la presente
convocatoria.
5.2. Los miembros de las comisiones deberán abstenerse de intervenir y las
personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran
las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315318
4. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicarán en el tablón de anuncios
de la sede electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título
informativo, en la página web del Servicio de Personal, las relaciones completas de personas
admitidas y excluidas a concurso, con indicación de la causa de exclusión y plazo de subsanación.
Transcurrido dicho plazo, la lista definitiva se publicará por igual cauce, resolución que pondrá fin
a la vía administrativa.
Los derechos de examen serán reintegrados a los/las aspirantes que hayan sido
excluidos/as definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario
solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar inexcusablemente
los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria donde ha de
realizarse la transferencia bancaria de devolución.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1709/4
En el caso de que la titulación de Doctor/a o las titulaciones establecidas como
preferentes en esta convocatoria hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá
acompañarse credencial que acredite su homologación o certificación de equivalencia a
titulación y nivel académico universitario oficial en España, o el reconocimiento profesional
del título para poder ejercer como profesor/a de universidad, conforme a lo dispuesto
en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, y en el art. 10 de la Ley Orgánica del
Sistema Universitario.
La no aportación de la documentación referida en los apartados a), b), c), d) y
en su caso e) y f) en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación
concedido al efecto, determinará la exclusión automática de la persona solicitante en
este procedimiento. A su vez, la presentación y el pago en el banco de los derechos
mencionados en el apartado c) no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la instancia de participación.
La no presentación de la documentación señalada, en los apartados g), h), i) y j) o su
presentación fuera del plazo establecido, no supondrá la exclusión del concurso, pero
podrá conllevar su no consideración por parte de la comisión.
La documentación acreditativa de los méritos relacionados en la solicitud deberá
estar debidamente ordenada y numerada atendiendo a los apartados del baremo. Se
podrá excluir a los/as candidatos/as que no presenten la documentación de acuerdo con
la indicación anterior.
3.5. Las personas que opten a más de una plaza, con distinto número de código,
deberán presentar solicitud independiente para cada una de ellas, acompañada en cada
caso de la documentación y abono correspondiente. Cuando existan varias plazas con
un mismo número de código se presentará una sola solicitud.
3.6. Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente a las personas
interesadas se practicarán a través de la dirección de correo electrónico señalada por el/la
aspirante en su solicitud.
5. Comisiones de Contratación y de Selección.
5.1. En el procedimiento de selección actuarán las Comisiones de Contratación
conformadas según lo establecido en el art. 115 de los Estatutos de la Universidad
de Jaén y las Comisiones de Selección, cuya composición y funciones se recogen en
capítulo 3 del Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el procedimiento para
los concursos de acceso a plazas y contratación de Profesorado Ayudante Doctor. Su
composición y demás datos de los miembros se relacionan en el Anexo III de la presente
convocatoria.
5.2. Los miembros de las comisiones deberán abstenerse de intervenir y las
personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran
las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315318
4. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicarán en el tablón de anuncios
de la sede electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título
informativo, en la página web del Servicio de Personal, las relaciones completas de personas
admitidas y excluidas a concurso, con indicación de la causa de exclusión y plazo de subsanación.
Transcurrido dicho plazo, la lista definitiva se publicará por igual cauce, resolución que pondrá fin
a la vía administrativa.
Los derechos de examen serán reintegrados a los/las aspirantes que hayan sido
excluidos/as definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario
solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar inexcusablemente
los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria donde ha de
realizarse la transferencia bancaria de devolución.