5. Anuncios. . (2025/29-40)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se dispone el registro y publicación de la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, mediante la que se procede a la aprobación definitiva de la innovación del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Úbeda (Jaén), modificación puntual del SUNC/UE-SU 36 (Expte. de planeamiento 10-019/18), modificación puntual del SUNC/UE-SU 36 de Úbeda (Jaén).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1774/5
A NE XO
NORMAS URBANÍSTICAS. MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC/UE-SU 36
DE ÚBEDA (JAÉN)
MODIFICACIÓN
1
AUMENTAR EL NÚMERO DE VIVIENDAS MÁXIMAS FIJADAS PARA LA UNIDAD
DE EJECUCIÓN 36 “BÉTULA” (SUNC/UE-SU- 36) PASANDO DE 50 A 75, SIN
QUE ELLO SUPONGA UN AUMENTO DE LA EDIFICABILIDAD, SINO QUE SE
PROPONE UNA REDUCCIÓN DE LA MISMA
Exposición de motivos y fundamento.
A la vista del PGOU de Úbeda la ficha de la Unidad de Ejecución actual es:
Ficha actual.
USO
RUE
VIARIO
TOTAL
EDIFICAB. GLOBAL
SUP. m²
88.060
15.280
103.340
---
EDIF. m²/m²
0,6
APROV. m²
52.836
0,51
52.836
---
NÚM. VIVIENDAS: 50
USOS INCOM.
PARC. MIN.
IP-IA-R-IL RUC
500
---
---
Del análisis de esta se desprenden las siguientes consideraciones, con el número
máximo de viviendas que tiene fijado.
Con el número de viviendas asignado es muy difícil, por no decir imposible, poder
desarrollar la Unidad de Ejecución. Habría parcelas dentro de la propia Unidad de
Ejecución que no podrían construir una vivienda, provocando un agravio con el resto de
las mismas. Para poder desarrollar la gestión urbanística de la Unidad de Ejecución, cada
parcela resultante debe tener la posibilidad de materializar la edificabilidad a la que tiene
derecho. Con el número de viviendas asignado por el PGOU (50) es insuficiente.
Pero resulta paradójico, que faltan viviendas y en cambio la asignación de
edificabilidad que tiene la Unidad es inagotable, pues no se puede materializar con las
normas urbanísticas que han de aplicarse para la tipología edificatoria que propone el
planeamiento actual.
Con un aprovechamiento de 52.836 m²/t, un número máximo de viviendas de 50 viv.,
una parcela mínima de 500 m² y con la tipología edificatoria RUE (Residencial Unifamiliar
Extendida), en ningún momento se puede materializar la totalidad del aprovechamiento.
Teniendo en cuenta que en las normas de ordenación del PGOU de Úbeda,
art. 99.-Residencial Unifamiliar Extendida limita la edificabilidad a 0,6 m²/m², en una
parcela de 500 m² se podría construir como máximo 300 m².
Por tanto, si el número máximo de viviendas es de 50, la edificabilidad que se
aprovecharía en el mejor de los casos es de 15.000 m²/t de los 52.836 m²/t que tiene
atribuidos. Existe un exceso de edificabilidad y faltan viviendas para equiparar todas las
parcelas y en consecuencia a sus propietarios.
Por tanto, se hace necesaria una ampliación del número máximo de viviendas
permitidas en la Unidad de Ejecución.
La densidad de viviendas actual es de 4,84 viv/ha, y si proponemos como numero
máximo de viviendas 75 viv, la densidad se incrementaría hasta 7,29 viv/ha. Densidad
ésta muy por debajo de la máxima permitida por la legislación autonómica.
Con este numero máximo de viviendas y teniendo en cuenta las normas de
ordenación, que nos permiten una edificación máxima en cada parcela de 0,6 m²/m²,
(parcela de 500 m², 300 m² construidos computables como máximo).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315383
UNIDAD EJEC.
UE-SU-36
BOJA
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1774/5
A NE XO
NORMAS URBANÍSTICAS. MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC/UE-SU 36
DE ÚBEDA (JAÉN)
MODIFICACIÓN
1
AUMENTAR EL NÚMERO DE VIVIENDAS MÁXIMAS FIJADAS PARA LA UNIDAD
DE EJECUCIÓN 36 “BÉTULA” (SUNC/UE-SU- 36) PASANDO DE 50 A 75, SIN
QUE ELLO SUPONGA UN AUMENTO DE LA EDIFICABILIDAD, SINO QUE SE
PROPONE UNA REDUCCIÓN DE LA MISMA
Exposición de motivos y fundamento.
A la vista del PGOU de Úbeda la ficha de la Unidad de Ejecución actual es:
Ficha actual.
USO
RUE
VIARIO
TOTAL
EDIFICAB. GLOBAL
SUP. m²
88.060
15.280
103.340
---
EDIF. m²/m²
0,6
APROV. m²
52.836
0,51
52.836
---
NÚM. VIVIENDAS: 50
USOS INCOM.
PARC. MIN.
IP-IA-R-IL RUC
500
---
---
Del análisis de esta se desprenden las siguientes consideraciones, con el número
máximo de viviendas que tiene fijado.
Con el número de viviendas asignado es muy difícil, por no decir imposible, poder
desarrollar la Unidad de Ejecución. Habría parcelas dentro de la propia Unidad de
Ejecución que no podrían construir una vivienda, provocando un agravio con el resto de
las mismas. Para poder desarrollar la gestión urbanística de la Unidad de Ejecución, cada
parcela resultante debe tener la posibilidad de materializar la edificabilidad a la que tiene
derecho. Con el número de viviendas asignado por el PGOU (50) es insuficiente.
Pero resulta paradójico, que faltan viviendas y en cambio la asignación de
edificabilidad que tiene la Unidad es inagotable, pues no se puede materializar con las
normas urbanísticas que han de aplicarse para la tipología edificatoria que propone el
planeamiento actual.
Con un aprovechamiento de 52.836 m²/t, un número máximo de viviendas de 50 viv.,
una parcela mínima de 500 m² y con la tipología edificatoria RUE (Residencial Unifamiliar
Extendida), en ningún momento se puede materializar la totalidad del aprovechamiento.
Teniendo en cuenta que en las normas de ordenación del PGOU de Úbeda,
art. 99.-Residencial Unifamiliar Extendida limita la edificabilidad a 0,6 m²/m², en una
parcela de 500 m² se podría construir como máximo 300 m².
Por tanto, si el número máximo de viviendas es de 50, la edificabilidad que se
aprovecharía en el mejor de los casos es de 15.000 m²/t de los 52.836 m²/t que tiene
atribuidos. Existe un exceso de edificabilidad y faltan viviendas para equiparar todas las
parcelas y en consecuencia a sus propietarios.
Por tanto, se hace necesaria una ampliación del número máximo de viviendas
permitidas en la Unidad de Ejecución.
La densidad de viviendas actual es de 4,84 viv/ha, y si proponemos como numero
máximo de viviendas 75 viv, la densidad se incrementaría hasta 7,29 viv/ha. Densidad
ésta muy por debajo de la máxima permitida por la legislación autonómica.
Con este numero máximo de viviendas y teniendo en cuenta las normas de
ordenación, que nos permiten una edificación máxima en cada parcela de 0,6 m²/m²,
(parcela de 500 m², 300 m² construidos computables como máximo).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315383
UNIDAD EJEC.
UE-SU-36