Autoridades y personal. . (2025/28-35)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes opciones del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025

página 1713/2

2. En aplicación de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7
de junio, de la Función Pública de Andalucía, este proceso incluye, además de las plazas
establecidas en el apartado 1, un 20% de plazas adicionales de las aprobadas por la
oferta de empleo público para cada una de las opciones del Cuerpo de Técnicos de
Grado Medio, con la siguiente distribución:
CUPO DISCAPACIDAD 20%
TURNO GENERAL 20%

A2.2001

ARQUITECTURA TÉCNICA

3

A2.2002

INGENIERÍA TÉCNICA AGRÍCOLA

4

A2.2003

INGENIERÍA TÉCNICA DE OBRAS PÚBLICAS

3

A2.2004

INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL

3

A2.2005

INGENIERÍA TÉCNICA MINAS

2

A2.2006

INGENIERÍA TÉCNICA FORESTAL

3

A2.2011

ESTADÍSTICA

2

A2.2012

INFORMÁTICA

7

A2.2013

AYUDANTES DE ARCHIVO

3

A2.2014

AYUDANTES DE BIBLIOTECAS

2

GENERAL

ENFERMEDAD MENTAL

1

Estas plazas adicionales tienen por objeto cubrir posibles futuras vacantes a cargo de
las ofertas de empleo público de los dos años siguientes, a contar desde la fecha de la
finalización del proceso selectivo.
La adjudicación de estas plazas adicionales, en el caso de que se produzcan
las vacantes, no podrá efectuarse antes de que se determine la tasa de reposición
correspondiente al año en que se produzca la vacante, con el fin de garantizar que no
se supere la tasa de reposición en su caso establecida y se reduzca la temporalidad, sin
perjuicio de lo establecido en la normativa básica.
3. Del total de plazas convocadas se reservarán, para ser cubiertas por personas
cuya discapacidad sea de grado igual o superior al 33%, las que se indican en la columna
«Cupo discapacidad» de los cuadros incluidos en los apartados anteriores.
En el caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el cupo de personas
con discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las
plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del turno
general en las respectivas convocatorias de acceso libre en las que se produzca dicha
circunstancia.
4. A los procesos selectivos les resultará de aplicación la Ley 5/2023, de 7 de junio, de
la Función Pública de Andalucía, modificada por el Decreto-ley 10/2023, de 13
de diciembre, por el que se modifican el Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre,
por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, se establecen medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan,
con carácter temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino
en la Administración General de la Junta de Andalucía, y la Ley 5/2023, de 7 de junio,
de la Función Pública de Andalucía; el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que
se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de
las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el
impulso de la actividad económica en Andalucía; el Decreto-ley 5/2024, de 21 de mayo,
por el que se da cumplimiento a los Acuerdos de 30 de diciembre de 2022 y de 13 de
febrero de 2024, de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución
de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma, y se modifican otras disposiciones normativas; el texto

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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