Autoridades y personal. . (2025/28-35)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes opciones del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025
página 1713/11
Séptima. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 111, apartado 6 de la Ley 5/2023, de 7
de junio, de la Función Pública de Andalucía y teniendo en cuenta la conexión entre el
tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de
trabajo convocados, el sistema selectivo de las personas aspirantes será el de oposición.
2. El proceso selectivo constará de dos ejercicios. La calificación final del proceso
selectivo no podrá superar los 150 puntos y vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en los dos ejercicios de que consta la oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo
a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese la igualdad, se
aplicarán, sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios de
desempate:
a) Mayor puntuación obtenida en la segunda parte de carácter práctico del primer
ejercicio.
b) Mayor número de respuestas correctas en el primer ejercicio.
c) Menor número de respuestas incorrectas en el primer ejercicio.
d) En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se
resolverá a favor de la persona aspirante que en el cuerpo y opción sea de un sexo que
se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo con los datos actualizados del
Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.
2.1. Primer ejercicio.
Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito un cuestionario
de carácter teórico-práctico, compuesto de dos partes, que se realizarán en la misma
sesión, siendo ambas obligatorias y eliminatorias.
Las preguntas versarán sobre el contenido del programa de materias al que hace
referencia el apartado 6 de la base primera, conforme a la normativa vigente el día de
publicación de la convocatoria en el BOJA, y que consta en el anexo II, tal como se indica
en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base.
El tiempo concedido para la realización del ejercicio será de 180 minutos.
2.1.1. La primera parte de carácter teórico consistirá en contestar por escrito un
cuestionario elaborado por la comisión de selección, adecuado a las funciones propias del
cuerpo y opción convocado, que contendrá 79 preguntas tipo test, 75 de ellas ordinarias
y evaluables y 4 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de
ellas la correcta.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 90. La puntuación
necesaria para superar esta parte será 36 puntos.
Cada acierto se valorará con 1,2 puntos y cada contestación errónea se penalizará
con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La segunda parte de carácter práctico consistirá en contestar por escrito un
cuestionario elaborado por la comisión de selección adecuado a las funciones propias
del cuerpo y opción convocado y relacionado con el programa de materias aprobado, que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315322
9. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, que modifica
el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, cada
comisión de selección de los procesos selectivos queda clasificada en las categorías
que se indican en el Anexo I. Por el Instituto Andaluz de Administración Pública se podrá
establecer el número máximo de sesiones de lecturas que, en función del número de
personas opositoras, se asigna a cada comisión de selección para todo el proceso
selectivo.
10. La comisión de selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la
aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.
11. La comisión de selección se ajustará en su actuación a lo establecido en la Ley
40/2015, de 1 de octubre y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025
página 1713/11
Séptima. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 111, apartado 6 de la Ley 5/2023, de 7
de junio, de la Función Pública de Andalucía y teniendo en cuenta la conexión entre el
tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de
trabajo convocados, el sistema selectivo de las personas aspirantes será el de oposición.
2. El proceso selectivo constará de dos ejercicios. La calificación final del proceso
selectivo no podrá superar los 150 puntos y vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en los dos ejercicios de que consta la oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo
a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese la igualdad, se
aplicarán, sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios de
desempate:
a) Mayor puntuación obtenida en la segunda parte de carácter práctico del primer
ejercicio.
b) Mayor número de respuestas correctas en el primer ejercicio.
c) Menor número de respuestas incorrectas en el primer ejercicio.
d) En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se
resolverá a favor de la persona aspirante que en el cuerpo y opción sea de un sexo que
se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo con los datos actualizados del
Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.
2.1. Primer ejercicio.
Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito un cuestionario
de carácter teórico-práctico, compuesto de dos partes, que se realizarán en la misma
sesión, siendo ambas obligatorias y eliminatorias.
Las preguntas versarán sobre el contenido del programa de materias al que hace
referencia el apartado 6 de la base primera, conforme a la normativa vigente el día de
publicación de la convocatoria en el BOJA, y que consta en el anexo II, tal como se indica
en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base.
El tiempo concedido para la realización del ejercicio será de 180 minutos.
2.1.1. La primera parte de carácter teórico consistirá en contestar por escrito un
cuestionario elaborado por la comisión de selección, adecuado a las funciones propias del
cuerpo y opción convocado, que contendrá 79 preguntas tipo test, 75 de ellas ordinarias
y evaluables y 4 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de
ellas la correcta.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 90. La puntuación
necesaria para superar esta parte será 36 puntos.
Cada acierto se valorará con 1,2 puntos y cada contestación errónea se penalizará
con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La segunda parte de carácter práctico consistirá en contestar por escrito un
cuestionario elaborado por la comisión de selección adecuado a las funciones propias
del cuerpo y opción convocado y relacionado con el programa de materias aprobado, que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315322
9. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, que modifica
el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, cada
comisión de selección de los procesos selectivos queda clasificada en las categorías
que se indican en el Anexo I. Por el Instituto Andaluz de Administración Pública se podrá
establecer el número máximo de sesiones de lecturas que, en función del número de
personas opositoras, se asigna a cada comisión de selección para todo el proceso
selectivo.
10. La comisión de selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la
aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.
11. La comisión de selección se ajustará en su actuación a lo establecido en la Ley
40/2015, de 1 de octubre y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre.